Dentro del mundo del sindicalismo simulado de opereta barata representada por CC.OO. y UGT, es muy frecuente que estos “sindicatos” firmen convenios con salarios para los trabajadores nuevos que son inferiores a los salarios de los trabajadores veteranos que hacen el mismo trabajo. En general, convenios en los que los nuevos tienen condiciones laborales de cualquier tipo peores que las de los veteranos. Técnicamente esto se llama “doble escala” y resulta -¡chorprecha!- que es ilegal en muchos casos, por mucho que la firmen CC.OO. y UGT.
Dicho a la inversa, para que fuera legal que los trabajadores veteranos tuvieran mejores condiciones laborales por convenio que los trabajadores nuevos, haciendo las mismas funciones,
sería necesario que la diferencia estuviera justificada en el convenio mediante razones no discriminatorias y sobre la empresa recaería la carga de la prueba de dicha justificación.
Por ejemplo, estaría justificado que los veteranos cobraran un plus de antigüedad porque eso ni siquiera sería una doble escala salarial, ya que los nuevos también lo cobrarían cuando alcanzaran la antigüedad indicada en el convenio. De la misma forma, también estaría justificado que los veteranos siguieran cobrando el plus de antigüedad que ya estuvieran cobrando si dicho complemento se eliminara del convenio, siempre que ese complemento no les siguiera subiendo. Sin embargo, no estaría justificada una doble escala basada exclusivamente en la fecha de ingreso en la empresa.
En algunos convenios, CC.OO. y UGT ponen directamente dos tablas salariales, una para los trabajadores “normales” y otra para los trabajadores que suelen llamar “de nuevo ingreso”. Por lo ya explicado, esto sería ilegal si la diferencia entre las tablas no estuviera justificada. Sin olvidar que el hecho de que en el convenio se indique una supuesta justificación no quiere decir necesariamente ni que esa justificación sea real, ni que no sea discriminatoria ni que sea suficiente y proporcionada a la diferencia salarial establecida. Todo ello lo tendría que probar la empresa si un trabajador presentara demanda de reclamación de cantidad (demanda individual o demanda conjunta) o si demandara un verdadero sindicato (conflicto colectivo). Nada tendría que perder el trabajador que demandara, teniendo en cuenta que demandar es gratis porque no es obligatorio contratar abogado ni procede condena en costas en caso de perder.

CC.OO. y UGT incluso firman convenios en los que las peores condiciones de trabajo son para los trabajadores temporales, por que les ponen salarios inferiores que los indefinidos, menos días de vacaciones, o les restringen o eliminan cualquier otro derecho. Es decir que estos “sindicatos” de pitos y banderitas pretenden que una doble escala esté justificada solo porque el trabajador sea temporal en vez de indefinido. Pues bien,
estas dobles escalas son todas ilegales sin discusión alguna, porque el hecho de ser temporal nunca justifica unas peores condiciones laborales.
¿Por qué firman estos convenios los “sindicatos” CC.OO. y UGT? En general, la razón es la de siempre:
porque les pagan para que los firmen. Además de que es habitual, por no decir seguro, que los miembros de la comisión negociadora de un convenio con doble escala ilegal sean trabajadores veteranos que no sufran esa doble escala. Consiguen para ellos un mejor salario a cambio de una rebaja salarial para los nuevos. Esto quiere decir que los nuevos les pagan una parte de su salario a los miembros de la comisión negociadora que firman un convenio de este tipo. Es así de simple y así de cierto, aunque en algunos casos pueda ser legal.
No hay comentarios:
NO SE CONTESTAN las consultas laborales en los comentarios. Dichas consultas son un servicio profesional de pago y se hacen mediante el formulario de consulta laboral privada. Los auténticos comentarios siguen unas normas aconsejables. Puedes gestionar tus comentarios si tienes una cuenta en Google.