Cómo se impugna un ERTE.

En artículos anteriores hablamos de los fraudes más habituales en los ERTE (enlaces al final), especialmente del fraude de seguir trabajando igual que antes de estar en el ERTE. Pero aparte de que situaciones así pueden ser denunciadas ante Inspección de Trabajo para que le quite las exenciones de cotización a la empresa y la sancione, el trabajador también puede demandar ante los juzgados de lo social para que a él le devuelvan su salario y su trabajo normal y no le cuente el paro gastado. La legislación tiene un procedimiento especial de demanda por ERTE en el que no es obligatorio contratar abogado.

Estando en el ERTE se cobra el 70% de paro los primeros 6m y el 50% a partir del 7m, pero trabajando se cobra el 100%. Por tanto, lo que podrían ganar los trabajadores impugnando el ERTE sería que la empresa tendría que pagarles la diferencia. Pero los trabajadores no tendrían que devolver el paro, sino que lo devolvería la empresa, y por supuesto que no tendrían que devolverle a la empresa los días que hubieran estado de ERTE. Parecido a la readmisión por despido nulo.

Es evidente que lo primero es que haya causas de impugnación; es decir saber que el ERTE fuera "ilegal". Podría ser un fraude por varias causas, por ejemplo porque porque no se hubiera negociado un ERTE por causas económicas o no con quien pudiera negociarlo, porque la empresa hubiera "olvidado" su pertenencia a un grupo, etc. etc. Pero no es necesario que el ERTE llegue a estos extremos para que pueda ser impugnado. También podría impugnarse porque no correspondiera aplicárselo a Juanito sino a Pepito o porque a Juanito se lo tendrían que aplicar de otra forma menos perjudicial.

En general existen 2 posibilidades de actuación: la denuncia ante Inspección de Trabajo y la demanda ante los juzgados de lo social. En los casos de ERTE con exenciones de cotización y/o de trabajar normalmente estando de ERTE, la empresa no solo defrauda al trabajador (cobra un 30% menos en el paro por ERTE que trabajando en la empresa) sino también a la SS, porque la SS le paga el paro al trabajador y exime a la empresa del pago de las cotizaciones. Es decir que la empresa le debería mucho dinero a la SS porque habría un fraude por cada trabajador afectado y por tanto el asunto sería muy del interés de la SS, por lo que la vía que quizá podría ser interesante sería la denuncia ante Inspección. En cambio para pedir el dinero que la empresa te deba a ti, quizá podría ser más efectiva la vía de la demanda ante la jurisdicción social, que podrías iniciar incluso después de irte o de que te echaran. Podrían existir las siguientes posibilidades:

  • Demanda de conflicto colectivo. Que solo podrían poner o bien los representantes de los trabajadores o bien un sindicato con la implantación suficiente. La sentencia sería aplicable a todos los afectados por el ERTE.
  • Demanda individual. Obviamente la sentencia solo sería aplicable al demandante, pero no al resto de trabajadores. Sin perjuicio de que pudieran poner otras demandas y usar los argumentos de la sentencia a su favor.
  • Demanda plural. Que es lo mismo que una demanda individual pero con varios demandantes que tuvieran la misma causa de pedir. La sentencia afectaría solo a esos demandantes de la misma forma que el caso anterior.

En resumen, un ERTE es impugnable igual que es impugnable un despido colectivo por ERE. La diferencia es que ganar la demanda de despido no implica necesariamente cobrar el salario perdido a no ser que fuera despido nulo, sino que puede acabar en cobrar la indemnización de despido improcedente. En cambio, ganar la demanda de ERTE implica siempre la condena a pagar el salario perdido y a recuperar la jornada normal, ya que no era un despido.

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