Cómo “subirte” el sueldo bajándote la retención de IRPF.

Si la empresa te retiene de tu salario un porcentaje de IRPF superior al correcto, Hacienda te devuelve el exceso en tu declaración al año siguiente. El resultado final es el mismo; pero cuando te retienen de más hay una parte de tu salario anual que no la cobras hasta que Hacienda te la devuelve al año siguiente. O sea que cobras lo mismo pero más tarde. Por eso, los trabajadores inteligentes quieren que les retengan lo correcto y no más de lo correcto, para intentar que el resultado de la declaración del año siguiente se aproxime a cero. De esa forma se cobra más cada mes a cambio de reducir la devolución de Hacienda del año siguiente. ¿Cómo conseguirlo?

Las situaciones típicas que podrían reducir la retención de IRPF, según el caso particular, son las siguientes:
  1. Estar soltero, viudo, divorciado o separado legalmente con hijos solteros menores de 18 años o incapacitados judicialmente y sometidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada que conviven exclusivamente contigo, sin convivir también con el otro progenitor.
  2. Estar casado y no separado legalmente con cónyuge que no obtiene rentas superiores a 1.500€ anuales, excluidas las exentas.
  3. Trabajador con discapacidad de al menos el 33%.
  4. Necesidad acreditada de ayuda de terceras personas o movilidad reducida.
  5. Haber estado en situación de desempleo e inscrito en la oficina de empleo y haber aceptado el puesto de trabajo actual con exigencia de traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio.
  6. Convivir con hijos y otros descendientes menores de 25 años (o mayores si son discapacitados) que no tienen rentas anuales superiores a 8.000€.
  7. Convivir al menos la mitad del año con ascendientes mayores de 65 años (o menores si son discapacitados) que no tienen rentas anuales superiores a 8.000€.
  8. Pagar pensiones compensatorias en favor del cónyuge y anualidades por alimentos en favor de los hijos, fijadas ambas por decisión judicial.
  9. Pagar préstamos de hipoteca o rehabilitación de la vivienda habitual desde antes del 1/1/13.

Si estás en cualquiera de los casos anteriores, o en varios de ellos, se lo puedes comunicar a la empresa presentándole el modelo oficial de Hacienda 145 para que la empresa vuelva a calcular tu porcentaje de retención teniendo en cuenta tu situación. Esto no quiere decir que te vayan a bajar la retención con total seguridad, porque puede que ya te estén reteniendo lo mínimo posible.

Si quieres, puedes comprobar si te están reteniendo lo correcto antes de presentar el modelo 145 a la empresa. Por un lado, en cualquiera de tus nóminas tienes el porcentaje de IRPF que te están reteniendo actualmente. Por otro lado, el porcentaje correcto lo puedes obtener tú mismo metiendo tus datos en la calculadora oficial de retenciones de Hacienda. Si hubiera mucha diferencia, quizá consideraras necesario y conveniente rellenar y presentar el modelo 145 a la empresa. No tendrías obligación alguna de pagarle nada a la empresa, ni menos aún a su asesoría, para que te cambiaran el porcentaje de retención cuando correspondiera, porque la empresa tiene obligación de retener lo correcto cuando tiene los datos suficientes para ello.

Tanto el enlace al modelo 145 como el enlace a la calculadora de retenciones los tienes en la sección de trámites oficiales de Laboro, además de otras muchas otras gestiones gratuitas “por internet”.

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