En este caso, a Porfirio le deberían 750€ de hace 5 años, 1.500€ de hace 4 años, 2.300€ de hace 3 años, 3.150€ de hace 2 años y 3.980€ del año pasado. Totalizando una deuda de 11.680€ de los 5 años anteriores, además de lo que le debieran de la parte del año actual. En estos casos es habitual que la empresa pague esa deuda toda junta al mes siguiente, o en alguno de los meses siguientes.
Para pagar a la SS las cotizaciones de los atrasos, la empresa tendría que presentar los correspondientes liquidaciones complementarias por incremento de salarios con carácter retroactivo. Pero estamos en Españistán, que es el hábitat natural de los empresaurios hispánicos y sobre todo de sus “asesorías Pepe”. Por lo que suele suceder que metan las cotizaciones de los atrasos en el mes en el que se paguen, como si hubieran sido salario normal de ese año y de ese mes, no como salario atrasado de años anteriores, que es como deberían hacerlo. ¿Por qué? Pues porque es lo más fácil, que es el reglamento básico de las “asesorías Pepe”. En vez de presentar liquidaciones complementarias de años anteriores, meten el dinero en la liquidación normal del mes corriente y asunto arreglado.
El problema de hacerlo así de mal es que se defrauda a la SS cuando sumando los atrasos se sobrepasa la base máxima de cotización mensual, en cuyo caso la empresa paga la cotización de la parte del salario hasta dicha base máxima, pero no la del resto. Con lo que la empresa se ahorra más o menos el 30% (cotizaciones de la empresa) de la diferencia y el trabajador pierde el importe de la cotización de esa diferencia de su vida laboral de la SS.
Siguiendo con el ejemplo de Porfirio, la empresa tendría que presentar liquidaciones complementarias de cotizaciones de los 5 años anteriores, para meter las cotizaciones separadas de cada uno de esos 5 años. Pero si metiera la cotización de los atrasos de 11.680€ en el mismo mes del año actual, pagaría mucha menos. Por ejemplo, si ese mes Porfirio hubiera cobrado 2.500€ de salario normal y 11.680€ de atrasos, la empresa solo pagaría cotización de los primeros 4.495,50€, que es la base máxima de 2023, o la del año que fuera. Lo que implicaría que se ahorraría aproximadamente el 30% de los más de 7.000€ de diferencia y Porfirio tendría una cantidad menor cotizada en su vida laboral.
Bárbaro
ResponderEliminarY como siempre habría que denunciarlo en la Seguridad Social antes de que transcurran los 4 años que es el plazo máximo para reclamar las deudas de los empleadores con aquélla.
ResponderEliminarNo recuerdo que en algún momento de mi vida laboral me haya ocurrido un caso de subidas salariales con efectos retroactivos y menos estando en la Mesa de Negociación aquellos sinpar sindicatos. Lo de las horas extra sí que me las han sisado por no cotizarlas en nómina y pagarlas en b cuando trabajé en la construcción (era y es lo habitual) y cuando trabajé en hostelería lo de las horas extra era y sigue siendo una utopía (que generalmente se suplía con las propinas).
Un importante artículo a tener en cuenta para los que no sé si conoceremos otro país que no sea Españistán .
Muchas gracias. Buena información para poder demandar y denunciar a la Inspección de Trabajo. Porque ya sabemos que Shazam, no se lo va a chivar a la SS.
ResponderEliminarPorfirio tiene suerte cobrando ese salario, años A era un mindungui que de poco superaba los mil euros, lo habéis ascendido para ser tan pringao xD
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