El fondo del asunto no es que los plazos sean más o menos largos, sino que CC.OO. y UGT firman los plazos de preaviso de dimisión que quieren las empresas afectadas por el convenio. Sobre todo en convenios sectoriales estatales que afectan a empresas grandes, que pueden gastar mucho dinero en lo que estimen más conveniente para sus intereses y que financian a CC.OO. y UGT con liberados y locales. El fondo del asunto es que las organizaciones que firman casi todos los convenios no son verdaderos sindicatos, sino apéndices de la organización patronal.
Cuando algún “sindicalisto” da una explicación de que los preavisos sean tan largos, suele poner dos excusas: la supuesta dificultad para cubrir el puesto de trabajo y el tiempo de formación del nuevo empleado que lo cubra. Pero estas dos excusas son muy fáciles de desmontar.
- El trabajador que se fuera no sería responsable de las hipotéticas dificultades que tuviera la empresa en cubrir su puesto. Sería mucho más probable que la principal o incluso única responsable fuera la propia empresa, por ofrecer un mal empleo con mal salario y peor jornada, por no tener una previsión o “cartera” de futuros sustitutos, o incluso porque la causa de la dimisión del trabajador fuera que a él también le pagaban un mal salario con una mala jornada.
- Cuando CC.OO. y UGT firman plazos de preaviso de meses en ciertos puestos, nos están diciendo que las tareas de esos puestos son tan difíciles y/o tienen tanta responsabilidad que se necesitan esos meses para formar al trabajador que los ocupe. Sin embargo, eso no impide que CC.OO. y UGT firmen en el mismo convenio que el salario de esos puestos sea poco más que el salario mínimo o poco más que el salario de los otros puestos del mismo convenio que tengan preavisos de dimisión de solo 15 días.
- La empresa puede despedir a cualquier trabajador sin preaviso pagándole una indemnización de 33 días/año (despido improcedente). O puede despedirle con preaviso de 15 días pagándolo una indemnización de solo 20 días/año (despido objetivo). Por lo que un trabajador con baja antigüedad que dimitiera sin preaviso, o con solo 15 días, podría tener que pagar más dinero a la empresa que el que esta tendría que pagarle a él si le despidiera el mismo día con la misma antigüedad. Eso es lo que te firman CC.OO. y UGT en multitud de convenios.
Por si fuera poco, CC.OO. y UGT también “olvidan” que el elemento básico que define las relaciones laborales es que son por cuenta ajena. Eso significa que el empleado solo está obligado a prestar los servicios contratados durante el tiempo contratado percibiendo el salario contratado, mientras que todo lo demás no es asunto suyo. No es asunto suyo (es de cuenta ajena o de otro) que la empresa consiga, o no, unos beneficios por ese trabajo, ni cuál sea el importe de esos beneficios. La empresa se queda con esos beneficios sin repartirlos con el trabajador precisamente porque el riesgo de obtenerlos va en su cuenta, no en la del trabajador. Por lo que también es problema de la empresa el tiempo que tarde en cubrir el puesto y el tiempo que tarde en formar al sustituto. Hacer pagar al trabajador una parte de esos tiempos o costes va en contra del principio de ajenidad de la relación laboral, sobre todo si tenemos en cuenta que se le hace pagar ese coste después de finalizada su relación laboral. Es que no hay por dónde cogerlo.
La verdadera razón por la que se ponen plazos largos de preaviso de dimisión es para que las empresas ganen dinero con los descuentos salariales por falta de días de preaviso. Lo consiguen porque CC.OO. y UGT no solo firman convenios con preavisos de dimisión de meses, sino que en el mismo convenio también firman la autorización para que la empresa descuente un día de salario por cada día de falta de preaviso. A veces, más. Cuando un trabajador encuentra un nuevo empleo, normalmente tiene que comenzarlo inmediatamente o como mucho en un par de semanas, pero rara vez puede esperar digamos que un mes o dos; por lo que no le queda más remedio que irse del empleo anterior faltándole días de preaviso, que la empresa le descuenta del finiquito (leed los artículos enlazados al final porque puede haber “trucos”). Pero la empresa no tiene porque devolverle el descuento al trabajador en caso de que sí que encuentre su sustituto antes de que pase ese mes o dos meses, ni tampoco en caso de que ni siquiera pretenda sustituirle. Ese es el chollo empresarial, patrocinado por CC.OO. y UGT.
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¿Y no bastaría con que el trabajador preavisara todo lo que hiciese falta pero dejase de acudir a su puesto de trabajo? EL preaviso estaría cumplido y ahora si quieres, me despides o dejas de pagarme el salario de los días que falto al trabajo pero teniendo en cuenta que en este último caso a la empresa le sigue costando cotizar por el trabajador aunque no le pague.
ResponderEliminarMuy bueno el artículo y de verdad muy cierto lo que dices. Pero hay otro problema en los convenios estatales donde solo los firman los citados sindicatos. P.J. la prohibición de las categorías incluso más bajas de no trabajar en el sector de aplicación del convenio. En mi convenio está prohibido trabajar en el sector de alimentación al acogerse una exedencia. Como a un simple obrero se le puede prohibir tanto? Como mucho solo se le puede prohibir solo en el convenio de aplicación ,pero no en todo el sector. Son dos sindicatos que no tienen ni vergüenza ni piedad hacia los trabajadores.
ResponderEliminarPor el mismo motivo que un anciano puede ir a prisión por defender su vida, la de su familia y su propiedad por matar a alguien que de madrugada entra en su propiedad sin su permiso.
EliminarAsí es España.
Precisamente esto mismo sucede en el convenio de la industria química estatal. Único convenio sectorial, ya que CCOO y UGT no aceptan negociar convenios a nivel provincial..por algo será esa negativa...
ResponderEliminarPreavisos de hasta 2 meses, dependiendo del grupo profesional.
Incluso en el caso de excedencia voluntaria, el convenio da un plazo de 1 mes a la empresa para "resolver" la petición...es decir limar derechos por todos los lados.
Una vez Laboro "sigue en sus trece" revelándonos las realidades que unos no ven, otros ignoran y otros no las dan importancia.
ResponderEliminarEl artículo nos explica bien cómo esos "apéndices de la patronal" se la están jugando a un buen número de colectivos de trabajadores para ponerles trabas cuando pretenden irse de las empresas.
Entiendo que cuando los famosos sindicatos que se saben comportar acuerdan cláusulas como éstas del preaviso desproporcionado, habrá que impugnarlas en los juzgados o proceder con las herramientas para denunciarlas y modificarlas en favor del trabajador.
Y todos sabemos cómo hacerlo: huyendo de los colaboradores de la patronal.
30 días de preaviso para un Auxiliar Administrativo en mi convenio.
ResponderEliminarVamos, que si preaviso con 5 días, la empresa me puede quitar 25 días de sueldo por sus bemoles auspiciados por el convenio.
"Españistán Pro".
Por lo menos ya está más cercar el día 1 de mayo y, veremos por las calles una gran procesión de banderas que están para ayudar a la persona trabajadora (las banderas no ayudan, pero si lo que representa). Y también el día en que algunos justifican su salario con su presencia en dicha manifestación de banderitas.
ResponderEliminarYa que el Estatuto de los Trabajadores no establece ningún plazo de preaviso de dimisión concreto, acaso no podria el Gobierno modificar el Estatuto y establecer unso plazos maximos por Sector y Categoria Profesiona, por lo demas felicito a Laboro por hacernos ver la Realidad que algunos no quieren que descubramos .
ResponderEliminarEsta vez, en mi empresa, la jugada les ha salido por la culata, o por el culete.
ResponderEliminarSe trata de una contact center que se está poniendo chula y ha empezado a ofrecer servicios a otras empresas, que no sólo supongan “contact”, sino que son más amplios y conllevan tener en plantilla a técnicos medios y superiores con formación específica. El equipo de técnicos de cierto servicio necesita a una persona que sea coordinadora y haga de enlace con la empresa cliente.
Cubrir ese puesto de trabajo conlleva formar al trabajador durante 3 semanas y confiar que RRHH haga bien la selección para poner a alguien que tenga ciertas dotes de coordinación. La movida es que RRHH no suele atinar y siempre parece que pillan al primero que pase por ahí. O igual es que, para las malas condiciones y el poco sueldo que se ofrece, se dan con un canto en los dientes cuando un técnico superior se interesa por el puesto y ya no le dejan escapar, sea o no el candidato idóneo. La rotación del equipo y del puesto de coordinación es alta.
El preaviso de baja voluntaria según convenio en esta categoría es de un mes. Pero, ay amiguis, el periodo de prueba para esa misma categoría es de… 6 meses!!!
Cómo me reía yo esta misma semana cuando, de un día para el otro, la mejor coordinadora que he visto en año y medio en ese servicio, dice que ahí nos quedamos, que al día siguiente empezaba a currar en otro sitio y, a escasos días para que se terminase su periodo de prueba, se piraba sin preaviso ni chorradas.
Ver la cara de susto de los jefecillos que andaban por allí, pensando en qué se inventarán para explicar a la empresa cliente por qué ya iban 3 coordinadores de su servicio que se piraban, era impagable. Parecía que el tiro de periodo de prueba - preaviso les estaba saliendo literalmente por el culete.
Por no hablar de que, por mucho preaviso que te obliguen a dar, las funciones del puesto son las que son. Si soy administrativo y me pagan por clasificar facturas, ese es mi trabajo. Dar cursos sobre cómo se clasifican las facturas, o escribir manuales sobre cómo se hace tal cosa, me temo que es un trabajo diferente, con lo que no tengo por qué hacerlo. Total, qué podría hacer la empresa, ¿despedirme? :-D
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