Por tanto, el concepto “a cuenta convenio” es voluntario por naturaleza. A no ser que el convenio obligue a ello, tu empresa te lo paga solo porque quiere. Las empresas que lo pagan con la verdadera intención de adelanto, pagan pequeñas cantidades “a cuenta convenio” porque ellas también se benefician. Ir pagando la futura deuda antes y poco a poco es mejor que tener que pagarla toda después pero de golpe y el día menos pensado. ¿Pero y nuestros queridos empresaurios hispánicos?
Por lo visto, os tenéis que creer que vuestro empresaurio es más bueno que Forrest Gump después de tomarse la tila, ya que os está adelantando dinero de una hipotética deuda futura solo porque quiere. Es así de rumboso. Pero no solo es rumboso, sino que además por lo visto también es tonto, porque en el “a cuenta convenio” no os paga 20, 30 o 50€ sino 200, 300, 500 o a veces mucho más. Por lo visto es tan tonto que no sabe que lo normal es que los “sindicatos” dejen los convenios sin renovar durante varios años seguidos, con el cuento falso de que “estamos negociando el convenio” mientras se dedican solo a las cosas que a ellos les permitan seguir ingresando dinero. Pero a pesar de que pueden pasar 3, 5, 9 o incluso más años sin que se renueve el convenio, el empresario le paga a todo el mundo una cantidad cada mes en adelanto de esa futura subida. Cantidades que a veces son mucho más altas que cualquier subida futura que se pueda producir. Ojo, porque es tontísimo y paga también a todo el mundo en los casos en los que sabe de sobra que la mayoría de la plantilla, o al menos una gran parte, se van a ir de la empresa o los van a echar mucho antes de que se firme el convenio siguiente. En el colmo de su ignorancia, el empresaurio por lo visto tampoco sabe que también es habitual que los “sindicatos” firmen convenios renunciando a las subidas de todos o una parte los años anteriores, reduciéndose o incluso eliminándose por completo la paga de atrasos. Pero como tu empresaurio es tontísimo, no solo no deja de pagar el concepto “a cuenta convenio” cuando se firma el convenio siguiente sin subidas atrasadas, sino que tampoco les exige a los trabajadores que devuelvan el adelanto excesivo que les hizo. Al menos en Laboro jamás hemos conocido un caso en que una empresa exija esa devolución a sus trabajadores, y eso que ya hemos atendido miles de casos en el servicio de consultas laborales privadas.

El truco es meter en el concepto “a cuenta convenio” la cantidad que tendría que estar en el concepto “mejora voluntaria”. Por ejemplo, pactas verbalmente una subida de sueldo de X€ por encima de convenio, pero el empresaurio te mete los X€ en el famoso “a cuenta convenio”. Con eso consigue o puede conseguir dos cosas.
En primer lugar podría bajarte el sueldo cuando quisiera sin ninguna consecuencia. De pronto, te reducen o incluso te eliminan por completo los X€ de “a cuenta convenio”. Se supone que ese concepto no es tu salario actual, sino un adelanto voluntario de la subida futura de dicho salario, por lo que sería legal dejar de adelantar o adelantar menos. Al adelantar menos, la futura e hipotética paga de atrasos sería superior. Por tanto, bajar o eliminar el “a cuenta convenio” sería simplemente retrasar el momento del pago. Pero el principal objetivo del truco no es este, sino el siguiente.
En resumen, meter en “a cuenta convenio” todo lo que se cobre por encima de convenio sirve para no subirle nunca el sueldo al trabajador, aunque el convenio prohíba la absorción, e incluso para bajarle el sueldo cuando convenga. Siempre que ese salario por encima de convenio no se haya pactado por escrito.
Se os olvida el truco maestro: convenios como Consultoría calculan el valor del trienio como porcentaje del salario base. Al meter parte del salario en este concepto, no sé utiliza para calcular ese 5% y en consecuencia, el trienio tiene un valor inferior al que debería tener.
ResponderEliminarYo, como fiel lectora de Laboro ya reclamo esto y paso mis detalles adicionales, aunque estoy segura que ya están en otros artículos:
ResponderEliminar- Lo primero de todo, hay que revisar con calma la estructura salarial que venga en el convenio. Seguro que la empresa se traga los complementos del convenio.
- Que metan un concepto de a cuenta convenio, seguro que significa que las mal llamadas pagas extras están mal calculadas y están pagando menos. Por tanto, hay que mirar en el convenio qué se paga y cómo. De referencia, las gratificaciones y pluses son en base al salario base y al complemento personal / mejora que meten como a cuenta convenio.
Truquitos del trabajador:
- Llevar al día un Excel con las horas trabajadas y las que marca el convenio.
- Otro excel en el que mes a mes vamos poniendo lo que deberíamos haber cobrado y lo que hemos cobrado.
- Reclamar como se explica en Laboro antes de un año con los intereses de demora, bien para no dejarse robar, bien por despido o bien por baja voluntaria. No sé hasta qué punto se puede intentar la salida indemnizada por fraude salarial, aún no lo he intentado.
La base para reclamar esto entiendo que es según derecho convencional y el artículo 26.5 del ET. Yo ya estoy preparando mi segunda reclamación de este estilo gracias a lo aprendido en Laboro 😁