La Audiencia Nacional acaba de confirmar en sentencia lo que en Laboro llevamos años diciendo. En el finiquito os tienen que pagar los días de descanso semanal no disfrutados o la parte proporcional de los mismos, aparte del resto de conceptos del finiquito. Sea cual sea la causa por la que finalice la relación laboral: despido, fin de contrato temporal, dimisión, jubilación, extinción voluntaria indemnizada… Por ejemplo, si descansáis los sábados y los domingos y la relación finaliza el viernes, os tienen que pagar también el sábado y el domingo. La razón es que el descanso semanal y las vacaciones son derechos laborales independientes, por lo que os tienen que pagar los que no se hayan disfrutado de ambos.
Ya os estaréis imaginando que en Laboro jamás hemos visto un finiquito, elaborado por una empresa o asesoría, en el que se incluya el pago de este concepto. No lo paga nadie. No solo no lo pagan nunca, sino que la gran mayoría de empresas y “asesorías Pepe” ni siquiera saben que lo tienen que pagar. Aunque lo supieran, en todo caso siempre podrían aplicar el viejo truco de la legislación laboral Españistana, que consiste en no pagar por las buenas porque por las malas se paga lo mismo, sin sanciones aparte. ¿Para qué pagar por las buenas? Pronto hablaremos de esto en Laboro (
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Como es obvio, los trabajadores podéis presentar demanda de reclamación de cantidad cuando no os paguen este concepto en el finiquito. Recordando siempre que sería gratis porque no tendríais obligación de contratar abogado y también porque no procedería condena en costas en caso de perder. No solo no tendríais obligación de contratar abogado, sino que os costaría más que la cantidad a reclamar.

Para haceros una idea (no del todo exacta) de lo que os deba la empresa, podéis dividir la base de cotización de vuestra nómina entre 30. El resultado sería el precio de cada día de descanso semanal que os debiera la empresa. Siguiendo con el ejemplo anterior (descanso en sábado y domingo y fin de la relación laboral en viernes), con una base de cotización de 1.800€, la empresa tendría que pagar 120€ en el finiquito por este concepto de descanso semanal pendiente. A ver por qué tendríais que regalarle 120€ a la empresa en vez de reclamárselos. Sin olvidar que en la reclamación también podríais añadir todos los días de descanso semanal que no hubierais disfrutado en el año anterior.
Si no lo tenéis claro, podéis hacer una consulta laboral privada pidiendo el cálculo del finiquito completo o incluso la verificación de todas las nóminas del año anterior. No se trataría solo de la posibilidad de que la empresa no hubiera pagado los días de descanso semanal pendientes. También se trataría de la posibilidad de que la empresa tampoco hubiera pagado correctamente el resto de conceptos del finiquito. Incluso podría suceder que fueran incorrectas todas las nóminas, en cuyo caso el finiquito también sería incorrecto porque depende de estas.
Las nóminas y/o el finiquito pueden estar mal, a favor de la empresa, en múltiples casos. Empresas que
se “equivocan” de convenio y aplican uno que, curiosamente, tiene los salarios mucho más bajos. Empresas que
se “equivocan” de clasificación profesional (categoría) del trabajador y, curiosamente, le aplican una con salario más bajo. Empresas que pagan las vacaciones pendientes a un precio inferior al salario completo. Empresas que no pagan
indemnización de fin de contrato temporal. Empresas que hacen
contratos temporales en fraude, cuya finalización equivale a un despido. Empresas que hacen
“despidos Hacendado” para no pagar la indemnización… En Españistán, la oferta de productos empresariales de este tipo es infinita.
Justo me acabo de llevar de una reclamación el descanso semanal generado por reclamarlo gracias a Laboro. Ahora, he presentado denuncia en Inspección de trabajo para que coticen eso y todo lo que pedí de salarios.
ResponderEliminarPor contra, en otro procedimiento en Castilla y León me echaron todo para atrás, incluyendo el descanso semanal. Ha sido en primera instancia y gracias a Laboro presenté el Recurso de Suplicación (lo redacté yo y un abogado me lo presentó)
Gracias Laboro!
También suele ser habitual que los días no disfrutados de vacaciones en el finiquito te los paguen en laborables y no naturales
ResponderEliminarEn el caso de la dimisión es tan sencillo como indicar el último día de la relación laboral en la carta de dimisión según conveniencia.
ResponderEliminarA mí el jefe me dijo: "Pero si el último día que trabajas es viernes y has puesto que te vas el domingo". Y le dije que quería estar de alta hasta ese día. No me puso más pegas, y hay que decir que se portó bien porque preavisé con 8 días y no tuve ninguna penalización en el finiquito.