Readmisión obligatoria y más de 6.000€ de indemnización tras despido por denunciar la manipulación del sistema de fichar.

A estas alturas todos los trabajadores deberían saber que desde mayo de 2019 es obligatorio que la empresa registre la jornada real de sus trabajadores. En todos los casos, sin excepciones. Tratándose de Españistán, era obvio que los empresaurios simplemente aplicarían su famoso "firma aquí o a la puta calle" y ya se publicaron artículos al respecto (ved enlaces al final). Eso fue exactamente lo que hizo un empresaurio de Murcia según una reciente sentencia:

Casilda trabajaba desde 2013 en un "chino" de un centro comercial de Murcia, con jornada teórica de 36h semanales de lunes a sábado y con un salario de 750€. O sea que Casilda tendría que haber estado muy agradecida al empresaurio por jugarse su dinero solo para pagarle a ella 750€ y que pudiera comprase sopa y corbatas. Pero Casilda era una roja ingrata que seguro que vota mal, y mira que en Murcia hay trabajadores que últimamente saben votar bien. Ni corta ni perezosa fue y presentó una denuncia ante Inspección de Trabajo. Porque no hizo caso de la gente que le decía que la Inspección no hace nunca nada y que si denuncias te echan.

En la denuncia, Casilda relataba represalias por solicitar la reducción voluntaria de jornada, que los empleados estaban al 75% pero trabajaban al 100% o más y con falta de descanso semanal, que les obligaban a firmar cuadrantes de trabajo falsos, que la máquina de fichaje era manipulada por la administrativa desde la oficina por si llegara una inspección. Pero además en la denuncia explicó a la Inspección cómo podrían actuar si decidieran inspeccionar: cómo se podrían descargar los datos no manipulados de los fichajes, dónde escondería la empresa a los trabajadores que ese día supuestamente estuvieran descansando y lo que alegaría la empresa al respecto. No solo eso, sino que la maldita comunista fue entregando su horario a la Inspección mensualmente para que supieran los días en que ella supuestamente descansaba e hicieran la inspección ese día. En resumen: redactó bien la denuncia y le facilitó su trabajo al inspector. Digamos que se lo puso "a huevo" y el inspector quizá pudo pensar que podría merecer la pena realizar la inspección sin encontrarse con que los empleados hubieran saltado por la ventana incluyendo al denunciante. Los inspectores podrían contar muchas anécdotas sobre denuncias con falta de datos, denuncias incomprensibles y sin sentido alguno y sobre todo denuncias en plan "a mí que me lo arreglen pero yo no sé nada".

Realizaron la primera inspección presencial un mes después de la denuncia y una segunda inspección pasado otro mes. Como es habitual, posteriormente la empresa tuvo que comparecer en las oficinas de la Inspección para aportar la documentación que le requirieron. La Inspección resolvió convertir en jornada completa los contratos de Casilda y de otra trabajadora y cobrar a la empresa las diferencias de cotización de los 4 años anteriores. ¿Que los demás se esconden? Pues que se escondan. A los pocos días de su última comparecencia, a la empresa se le ocurrió la genial idea de hacerle un despido disciplinario -sin indemnización- a Casilda. El que en Laboro conocemos como "despido a ver si cuela".

Pero no coló porque Casilda sí que demandó. ¿Cómo podría esperárselo la "asesoría Pepe", si en la carta le decían que le hacían el favor de dejarla cobrar el paro? Pero no solo demandó sino que ganó porque el juez declaró nulo el despido. ¿Cómo podría esperárselo la "asesoría Pepe", si era una carta de despido estupenda con el mismo modelo que llevan 20 años usando para cualquier despido de cualquier empresa con solo cambiar los nombres?

Pero no solo ganó sino que Casilda presentó recurso. Aún encima, la muy comunista. La sentencia original solo le dio el típico despido nulo, es decir la readmisión cobrando y cotizando los salarios de tramitación. Casilda consideraba que la habían echado por haber presentado la denuncia ante Inspección y por eso había presentado la demanda en la modalidad de tutela de derechos fundamentales pidiendo indemnización adicional por daños y perjuicios, que no le habían dado. La modalidad de demanda de tutela de derechos fundamentales es esa que algunos no saben ni que existe y que otros dicen que no la ponen porque no sé qué. El recurso se resolvió a favor de Casilda concediéndole la indemnización adicional de más de 6.000€.

Un brindis por las "asesorías Pepe". Por sus contratos temporales sin firmar, por sus contratos temporales firmados pero en fraude, por sus cartas de despido que valen para Pepe y valen para Juan, por sus nóminas en las que faltan conceptos obligatorios... Sin las "asesorías Pepe", puede que los trabajadores no ganaran ni la mitad de sus demandas.

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