Todo sobre la reducción de jornada por cuidado de hijos y familiares en 2024.

Artículo adaptado al nuevo decreto de permisos familiares de junio de 2023. Se explica cómo se solicita la reducción voluntaria de jornada, qué horario se puede pedir, cuánto baja el sueldo, cómo se reclama legalmente sin abogado, qué ventajas legales tiene... Tanto en caso de reducción por cuidado de hijos, como de discapacitado o familiar.

¿Cómo se solicita la reducción de jornada?

Se puede solicitar verbalmente, pero es mejor hacerlo por escrito porque solo por pedirla ya tienes protección contra despido improcedente. Aparte de redactar tú mismo la solicitud, según consideres necesario y conveniente, en Laboro te ofrecemos las siguientes soluciones profesionales:

  1. Descargar nuestro manual de solicitud de reducción de jornada. Es un archivo PDF que contiene diferentes modelos profesionales, tanto para solicitar la reducción como para modificarla, prorrogarla y finalizarla; así como los pasos generales que un trabajador podría seguir si así lo deseara. Está adaptado a las últimas modificaciones de la legislación laboral sobre el tema.
  2. Hacernos una consulta laboral privada para trabajadores. En esa consulta no solo podrías pedir que te redactáramos la solicitud de reducción, sino que también podrías aprovechar la misma consulta para pedir el cálculo de tu nómina tras la reducción y/o hacer otras preguntas sobre la reducción y/o otros temas laborales.

¿Quién tiene derecho a la reducción de jornada?

Según la redacción vigente del art.37.6 del Estatuto de los Trabajadores (37.5 hasta el 24/10/15), tienes derecho a la reducción voluntaria de jornada y a la concreción de horario en cuatro casos:

  1. Si tienes la guarda legal de un menor de 12 años. No tiene por qué ser tu hijo y son válidos los hijos de tu pareja de hecho que convivan con vosotros (STS 21/5/02 y STJUE C-267/12). Puedes iniciar la reducción en cualquier momento. Por ejemplo, puedes empezar a disfrutar de una reducción por un hijo de 11 años aunque nunca la hayas pedido antes.
  2. Si estás al cuidado directo de tu cónyuge, de tu pareja de hecho o de un familiar (padres, abuelos, hermanos, hijos o nietos, tuyos, de tu cónyuge o de tu pareja de hecho) que no trabaje y que no pueda valerse por sí mismo. No es imprescindible que tenga ningún tipo de invalidez reconocida legalmente.
  3. Si tienes la guarda legal de cualquier persona con discapacidad que no trabaje.
  4. Si estás al cuidado de un hijo menor de 18 años durante su hospitalización y tratamiento continuado por cáncer o por cualquier otra enfermedad grave, que implique ingreso hospitalario de larga duración y su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el "médico de cabecera". Incluye la continuación del tratamiento o el cuidado en domicilio tras el diagnóstico y hospitalización. En algunos casos se puede prorrogar hasta los 23 o incluso 26 años. El porcentaje de reducción tiene un mínimo del 50% y no tiene máximo, admitiéndose la posibilidad de que el convenio permita la acumulación de la reducción en jornadas completas.

Cualquier trabajador, español o extranjero, con contrato laboral español que esté en uno de los supuestos tiene derecho a la reducción voluntaria de jornada y la concreción de su horario, sea cual sea su tipo de contrato, su categoría, su empresa, su turno, su salario, o su responsabilidado, incluso aunque esté desplazado en el extranjero. El hecho que causa el derecho a la reducción voluntaria es necesitar las horas que te quitas para ejercer la guarda legal o el cuidado directo. Tu empresa no puede imponer unilateralmente ninguna norma que limite o condicione tu derecho a la reducción voluntaria.

El convenio puede regular la concreción del horario reducido (novedad en la reforma laboral del PP de 11/2/12), pero el propio derecho a reducir no puede limitarse ni condicionarse por el convenio. La empresa puede discrepar de la concreción de horario reducido que pidas, pero la empresa no puede concretarlo unilateralmente. O lo concretas tú, o se concreta por acuerdo, o se concreta por sentencia.

Si eres funcionario o personal laboral de la Administración Pública te interesaría leer el artículo de reducción voluntaria de jornada para empleados públicos porque hay algunas diferencias.

Mucho ojo, porque muchas veces se olvida o se desconoce que la reducción voluntaria de jornada es uno de los derechos de conciliación de la vida laboral y familiar reconocidos a TODOS los trabajadores; pero no es el único. Existen otros derechos de conciliación para TODOS los trabajadores: la excedencia con reserva de puesto por cuidado de hijo o de familiar, la adaptación de la duración y distribución de la jornada sin reducirla y los permisos retribuidos de lactancia, paternidad y maternidad. En algunas empresas se pueden tener otros derechos adicionales y/o una mejora de los comunes. Además, existen formas de combinación y fraccionamiento de estos derechos.

¿Cómo se reclama si la empresa deniega la solicitud de reducción de jornada o no contesta?

Existe un procedimiento especialmente simplificado de demanda contra la empresa por asuntos de derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, como es la reducción voluntaria de jornada. Es una demanda muy sencilla, y gratuita porque no tienes obligación de contratar abogado, en la que podrías pedir no solo la reducción y horario concreto a los que tuvieras derecho, sino que también podrías pedir una indemnización por los daños y perjuicios causados por la negativa o retraso de la empresa en darte el derecho.

¿Qué ventajas legales tiene la reducción de jornada?

  • Tienes derecho a concretar tu horario reducido. No se trata de que te reduzcas la jornada y que sea la empresa la que te ponga el horario.
  • Tienes protección contra el despido improcedente.
  • Las indemnizaciones por despido o por extinción voluntaria indemnizada las cobras igual que si estuvieras a jornada completa.
  • El paro lo cobras igual que si estuvieras a jornada completa.
  • Los 3 primeros años de reducción se computan cotizados al 100% para las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.

¡Mucho ojo! Para disfrutar de todas estas ventajas puede ser imprescindible que la empresa comunique la reducción voluntaria correctamente a la SS. Hay muchísimos casos en los que la empresa o su asesoría lo hacen mal y luego le deniegan al trabajador el paro a jornada completa y la cotización ampliada.

¿Qué horario se puede pedir para la reducción de jornada?

  1. Te puedes quitar entre un 12,5% y un 50% de tu jornada diaria (en casos de niños con cáncer o enfermedades graves con ingreso, entre el 50% y el 100%), es decir entre la octava parte y la mitad. Puedes elegir tu porcentaje dentro de ese intervalo con total libertad.
  2. La jurisprudencia confirma que los "perjuicios" que pudieran sufrir otros trabajadores a causa de tu reducción no supondrían una limitación de tu derecho.

El horario reducido concreto del que pudieras disfrutar dependería de tu jornada actual, de tu contrato y de tu convenio. Tienes a tu disposición el servicio profesional de consultas laborales privadas solo para trabajadores para preguntar por tu caso particular, sin que tengas que indicar en qué empresa trabajas.

¿Cuánto baja el sueldo por reducción de jornada?

La mayoría de los conceptos brutos de la nómina se reducirán en el mismo porcentaje de jornada que te quites. Por ejemplo, si te has quitado un 25% de la jornada, te quitarán un 25% del salario base bruto. Pero a veces las empresas "se equivocan" y reducen de más y/o reducen conceptos de la nómina que no puedan ser reducidos, según cada caso particular. En el servicio de consultas de Laboro hemos detectado muchos casos en los que la nómina no solo estaba mal tras la reducción de jornada, sino que también estaba mal antes. En esos casos, el trabajador puede presentar demanda de reclamación de cantidad, para la que tampoco tiene obligación de contratar abogado.

¿Cuánto tiempo dura la reducción de jornada?

En caso de guarda legal de menor, la duración máxima será hasta el día de antes en que el menor cumpla 12 años (hasta el 21/12/13 eran 8 años). El convenio puede ampliar esta duración máxima, pero no rebajarla. En los casos de cuidado de familiar o discapacitado no hay duración máxima, mientras que se mantenga su estado.

¿Se pierden días de vacaciones o de festivos por reducción de jornada?

La reducción voluntaria no implica reducción del nº de días festivos, ni reducción del derecho a vacaciones, ni reducción del nº de días de asuntos propios si existieran en tu convenio. Pero sí que cambiaría el importe que cobrarías por cada uno de ellos en función del porcentaje de reducción y a veces de la fecha de inicio de la misma.

Este artículo de Laboro se mantiene actualizado con las modificaciones legales sobre el derecho de reducción voluntaria.

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