El nuevo permiso de nacimiento de 19 semanas explicado para trabajadores.

Ya está publicada en el BOE y mañana entra en vigor la ampliación del permiso por nacimiento a 19 semanas, para hombres y mujeres, y unos cambios en su forma de distribución. Ojo, porque las 8 semanas del permiso parental siguen siendo aparte de estas nuevas 19 semanas, así como el permiso acumulado de lactancia. Todas las condiciones son las mismas para hombres y mujeres. Sin más, vamos a explicar los cambios efectuados:

  1. Desde 2019 no existe la posibilidad de cesión de parte del permiso de la madre al padre, porque ambos tienen el mismo permiso con la misma duración.
  2. El permiso es de 19 semanas (antes eran 16), que se divide en 3 bloques: 6+11+2.
  3. Las 6 primeras semanas son de disfrute obligatorio tanto para hombres como para mujeres, ininterrumpidas tras el nacimiento.
  4. Las 11 semanas siguientes (antes eran 10) son voluntarias y a disfrutar hasta 12 meses después del parto. De estas 11, la madre puede disfrutar de hasta 4 semanas antes de la fecha prevista del parto, pero no el otro progenitor.
  5. Las siguientes 2 semanas (antes no existían) también son voluntarias y a disfrutar hasta que el niño cumpla 8 años.
  6. Las 13 semanas voluntarias (11+2) se pueden juntar o no con las 6 obligatorias y disfrutarse seguidas o en períodos semanales. La única diferencia es que 11 tendrían que disfrutarse antes de que el niño cumpliera 12 meses y las otras 2 antes de que cumpliera 8 años. Por ejemplo, se pueden separar las 11 semanas voluntarias en 5+3+3, 5+6, 3+4+1+3, 5+1+2+2+1... y las otras 2 se podrían disfrutar posteriormente o bien juntas o bien 1+1.
  7. El permiso dura 2 semanas más en caso de discapacidad del hijo. Una para cada progenitor.
  8. El permiso dura 2 semanas más por cada hijo adicional en caso de parto múltiple. Una para cada progenitor.
  9. En caso de monoparentalidad, el permiso es de 32 semanas (6+22+4).
  10. El permiso es el mismo en caso de de adopción, de guarda con fines de adopción y de acogimiento; pero en vez de contar desde la fecha del parto se cuenta desde la fecha de la resolución judicial o decisión administrativa de adopción, guarda con fines de adopción o de acogimiento.
  11. En los casos de parto prematuro y en aquellos en que, por cualquier otra causa, el niño deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, las semanas voluntarias se contarán a partir de la fecha del alta hospitalaria.
  12. En los casos de parto prematuro con falta de peso y en aquellos otros en que el niño precise, por alguna condición clínica, hospitalización a continuación del parto, por un periodo superior a 7 días, el permiso se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales.
  13. El permiso dura lo mismo en caso de fallecimiento del hijo.
  14. Si falleciera uno de los progenitores, el otro podría usar lo que le quedara de su permiso. Esto antes no existía.
  15. No es obligatorio decidir al principio cómo se disfrutarán de las semanas voluntarias.
  16. Las semanas voluntarias se podrían disfrutar a jornada parcial solo si la empresa estuviera de acuerdo.
  17. No se necesita "autorización" de la empresa en cuanto al disfrute del permiso ni a su distribución en fechas y es independiente de las necesidades o conveniencias de la empresa. Ni de las semanas voluntarias ni menos aún de las obligatorias. Solo es necesario presentar un preaviso, no una “solicitud”, con 15 días de antelación de la forma que se indique en el convenio.
  18. Al ser una suspensión del contrato, trabajar o teletrabajar durante el permiso sería una falta muy grave de la empresa y una falta grave del trabajador, ambas sancionables por Inspección de Trabajo. Sería fraude porque el trabajador no habría dejado de prestar servicios a la empresa pero la Seguridad Social le estaría pagando el salario en vez de la empresa. Es habitual que los empresaurios propongan este fraude a los hombres.
  19. Solo cuando ambos miembros de la pareja trabajen para la misma empresa, ésta podrá limitar el ejercicio simultáneo de las 13 semanas voluntarias por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas por escrito. Ojo, solo limitar el ejercicio simultáneo, pero no reducir ni denegar el permiso en sí mismo. En el peor de los casos, ambos podrían disfrutar a la vez de las 6 semanas obligatorias después del nacimiento, porque por algo son obligatorias, pero quizá no a la vez de todas las 13 semanas voluntarias. La empresa tendría la carga de la prueba de las razones que alegaran en su negativa al ejercicio simultáneo, que tendría que ser por escrito.
  20. El despido en los 12 primeros meses de vida del niño es despido nulo automático, tanto para padres como para madres. Esta protección contra el despido se amplía hasta los 12 años de edad del niño en caso de que el padre o la madre disfruten o soliciten una reducción voluntaria de jornada, aunque sea la mínima del 12,5%.
  21. Cualquier represalia (despido, cambio de horario, rebaja salarial, degradación de funciones, acoso…) a consecuencia del uso del permiso sería discriminatoria. Por lo que en cualquiera de esos casos se podría presentar demanda de tutela de derechos fundamentales pidiendo no solo la nulidad de la medida tomada por la empresa sino también una indemnización adicional de varios miles de euros. Gratis, porque no sería obligatorio contratar abogado.

Estas normas entran en vigor mañana, por lo que solo son de aplicación a los nacimientos o adopciones que se produzcan desde mañana inclusive. A los nacimientos y adopciones que se produzcan hasta hoy inclusive les seguirán siendo de aplicación las normas actuales, que en resumen son casi las mismas pero el permiso dura 16 semanas (6+10). A excepción de los padres y madres de niños nacidos desde el 2/8/24 y hasta hoy, que podrán disfrutar de las 2 semanas adicionales del punto 5 a partir del 1/1/26, mientras que su hijo tenga menos de 8 años.

Aparte del permiso por nacimiento, siguen existiendo tanto el permiso acumulado de lactancia como el permiso parental de ocho semanas. El primero retribuido por la empresa y el segundo no. Según el Gobierno, con la ampliación del permiso de nacimiento a 19 semanas y contando con 3 semanas de permiso acumulado de lactancia, se cumple con la normativa europea que obliga a un número mínimo de semanas retribuidas. El lunes esperamos publicar un nuevo artículo analizando esto, pero a primera vista parece que el Gobierno tiene razón, porque la normativa europea no obliga a que haya 8 semanas retribuidas de permiso parental europeo aparte de las 16 anteriores de permiso de nacimiento español, sino a que en total haya un nº mínimo de semanas retribuidas con ocasión del nacimiento de un hijo, se llamen como se llamen los permisos.

En Laboro pensamos que es totalmente absurdo que sigan existiendo cuatro permisos o derechos supuestamente diferentes (nacimiento, lactancia, parental y excedencia por cuidado de hijo) que en realidad son para la misma cosa. Señores del Gobierno y del Parlamento, hagan ustedes el favor de unificarlos de una puñetera vez, que otro problema sería cuántas semanas corrieran a cargo de la SS, cuántas a cargo de la empresa y cuántas fueran no retribuidas.

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