Indemnización de 47.000€ por acoso: pisotones, codazos, zancadillas estando embarazada, aborto...

Hoy vamos a comentar una sentencia reciente de un asunto de acoso laboral. Los lectores habituales de Laboro saben (ved los artículos enlazados al final) que en estos casos se puede demandar pidiendo no solo la extinción voluntaria de contrato con la indemnización máxima de despido improcedente y derecho a paro sino también otra indemnización aparte por daños y perjuicios de cualquier tipo, incluyendo los morales. La secuencia resumida de hechos probados es la siguiente:

  1. Una mujer trabajaba en una farmacia como farmacéutica desde el 2007. Quizá alguien debería hacer una estadística oficial de la proporción entre hombres y mujeres como víctimas de acoso laboral probado. Por la experiencia recogida en Laboro durante años, las mujeres son mayoría abrumadora.
  2. A finales del 2011 inició una reducción voluntaria de jornada por cuidado de hijo.
  3. En la farmacia también trabajaba el hermano del titular.
  4. La trabajadora sufrió pisotones, codazos e increpaciones por parte del hermano sin que el titular lo supiera. En 2016, en presencia de otra trabajadora y estando embarazada de seis meses fue zancadilleada por el hermano, siendo además increpada con expresiones como "a ver si los medicamentos que faltaban en las bateas se metían entre sus mangas". El hermano le abría las cajoneras para que tropezase y le espetaba con frases como "lo que te ampara es la barriga que tienes" y que "era una gamberra". Todo ello corroborado por una testigo.
  5. La trabajadora tuvo bajas médicas por ansiedad, calificadas como enfermedad común, que tiene recurridas para que se califiquen como accidente de trabajo.
  6. La trabajadora abortó de forma espontánea en 2016
  7. La trabajadora inició las acciones de demanda en 2018, pidiendo la extinción voluntaria indemnizada y la indemnización adicional de daños y perjuicios.
  8. En la sentencia de 1ª instancia ganó la extinción voluntaria pero no la indemnización adicional de daños. Con lo que salió de la empresa porque ella quiso y con su indemnización de despido improcedente de unos 22.000€. Es de suponer que empezara a cobrar el paro. Sin que ello le impidiera presentar recurso de suplicación ante el TSJ autonómico para que le pagaran también la indemnización de daños.
  9. La trabajadora ganó el recurso y le pagaron aparte otros 25.000€. En total se ha llevado algo más de 47.000€ y 2 años de paro y a otra cosa, mariposa.

Se ignora si la trabajadora habrá iniciado también las acciones penales contra "el hermano". No sería de extrañar que el fiscal y el juez consideraran que todo esto además constituyera un delito y por tanto condenaran al hermano a la correspondiente pena de prisión.

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