- Se puede reclamar a la empresa cualquier deuda que te deba de los últimos 12 meses por cualquier concepto derivado de la relación laboral. En algunas ocasiones, incluso se puede pedir dinero de más tiempo hacia atrás. De todas formas, sería la empresa la que tendría que probar que hubiera prescrito una parte de la deuda, no tú quien tuviera que probar lo contrario.
- Se puede pedir también el 10% de interés por mora. Por lo que cuanto más tardaran en pagarte por las malas, más cobrarías. Sería como tener ahorros en el banco al 10% de interés anual.
- En caso de impagos o retrasos graves, en la misma demanda también podrías pedir, si quisieras, la extinción voluntaria indemnizada de contrato. Sería como autodespedirte cobrando la indemnización de despido improcedente y con derecho a paro.
- En la demanda no hace falta adjuntar ni decir las pruebas o testigos que tengas sino que los puedes llevar directamente al juicio. Pero en las demandas de impagos simples es la empresa la que tiene que probar haberte pagado. En las demandas de diferencias sí que eres tú quien tiene que probar que te tendrían que haber pagado más de lo que te pagaron, pero en muchos casos se podría probar solo con el convenio y/o el contrato.
- Si la empresa no fuera al acto de conciliación, solo por eso en la demanda también podrías pedir que le pusieran la multa de temeridad y/o mala fe de entre 180 y 6.000€.
- El despido que se produjera a consecuencia de la demanda sería nulo, con readmisión obligatoria cobrando y cotizando los salarios perdidos.
- Si la deuda reclamada fuera hasta 3.000€, no cabría recurso contra la sentencia.
Los modelos o formularios que incluye el manual están previstos para los casos más típicos y están adaptados a las novedades vigentes desde el 20/3/24. Pero el manual no es una simple recopilación de modelos sino que también explica el procedimiento, los pasos habituales, los documentos que habría que presentar, cómo se desarrolla el acto del juicio... El manual puede ser de tu interés para aprender cómo funcionan este tipo de pleitos aunque contrates a un profesional. Existen ventajas e inconvenientes de defenderte a ti mismo y sobre todo hay que tener mucho cuidado de no caer en manos de un abogado "laboralisto". Además tienes el servicio de consultas laborales privadas para resolver tus dudas sobre cualquier tema laboral.
Currazo!!! Muchas gracias por la info y la ayuda!!!
ResponderEliminarComprado (22,87 euros puede parece carillo, pero he comprado varias ediciones de "Tus derechos en el trabajo", que son buenísimos).
ResponderEliminarUna pregunta: ¿cuál es la forma de ir a ver juicios, tal y como aconsjeas? ¿Simplemente ir a ver qué hay o no hay? ¿Cómo se puede saber qué juzgado tiene juicios hoy, mañana o el día que yo pueda ir? Gracias.
Vas y entras. Así de fácil. Hay juicios todos los días en los juzgados de lo social. Si en el edificio hay varios juzgados incluso puedes "echar la mañana" cambiándote de sala, como hacen a veces los abogados de los sindicatos mientras esperan su turno.
EliminarSalvo opinión contraria justificada por la ley en vigor, cuando es una demanda ordinaria de reclamaciones de cantidad es necesario el paso previo que es la conciliación.
ResponderEliminarEn este libro, por lo visto, hay varios modelos para la conciliación, así que tranquilos, que el libro viene bien preparado.
La pequeña duda que tengo aunque me imagino la respuesta, siendo lógica : cuando la reclamación de cantidad no llega a los 3000 euros pero en la demanda se pide también el reconocimiento de la relación laboral, cabe recurso ante la sentencia que no reconoce la relación laboral y, como consecuencia, tampoco la reclamación de cantidad ?
Exacto. Sería la demanda del que trabaja "sin contrato" o como falso autónomo y aún no le han echado. Le has pillado el truco. Como ves, no tiene nada de especialmente difícil. Pero para recurrir sí que necesitas abogado o GS, aunque podría ser de oficio.
Eliminar¿¿¿Perdona??? ¿¿¿Que le he pillado el truco??? Pero si soy ya una artista 😆, más cuando le digo al abogado que los intereses de demora son 10% al año por cada año que pasa desde cuando se debía hacer el pago del salario por ejemplo, o cuando le digo de que estos 10% de demora son por los conceptos salariales y no por toda la cantidad que se reclama...Pero si así lo han hecho hasta ahora en 20 y pico año de profesión y sin ningún problema...
EliminarYa ni te cuento cuando he tenido que decir que cabe la posibilidad de que la indemnización por fin de contrato es mas alta por una mejoría de los 2 convenios de aplicación...
Ahora más en serio, a raiz del comentario de más abajo : parece que de un tiempo ya, por lo menos en algunos CEMAC (depende del nombre de cada región), aunque se presenta la papeleta de conciliación, no se celebra la conciliación por la culpa de la situación actual con el coronavirus y eso, por lo cual se pasa al "siguente nivel", que es poner la demanda para el juicio...
¡Excelente publicación! Como autónomo ya estoy al fin de mi vida laboral ¡y trabajando más que nunca! así que no lo necesito. Pero me parece genial una publicación así. Ahora solo hace falta que haya cada vez menos padefos. ¡Gracias, laboro!
ResponderEliminarAunque no es obligatorio (tal y como dice Laboro), está bien saber como son los procedimientos, los plazos etc, porque aunque solo sea para estos casos, si sabes de que va, puedes detectar al abogado del sindicato que no sabe/quiere currar, al abogado/gs privado listillo que quiere darle boleto a tu caso con su plantilla de word y pasarte la factura, aunque tu salgas perdiendo, etc etc.
ResponderEliminarSi de lo que se trata es de rellenar un modelo y luego en el acto de conciliación aceptar la oferta de la empresa con rebaja abusiva, para eso puede que no haga falta pagarle a nadie ni afiliación ni factura.
EliminarEn la actualidad (Noviembre 2020) y durante un tiempo indeterminado el aforo de las salas de vistas está limitado por las medidas anticovid, hay que tenerlo en cuenta. También incluso el acceso a los edificios judiciales
ResponderEliminarQué gran labor hacéis!. Y aún así me encuentro gente que aún cree que es ilegal grabar a tu jefe. Llevo sacándome las castañas ya desde hace muchos años. No daba con buenos abogados, y haber debía haberlos, pero debo tener el gafe. Eso me sirvió para espabilar también. Con la última consulta a vosotros gané un juicio jodidísimo y me presenté yo solita, de lo peor que he tenido en mi vida laboral, que no ha sido poca. Tuve también "suerte", y el juez hasta me ayudó cuando me preguntó por unas fechas y le dije que de tal fecha a tal fecha estuve, pero no podía demostrarlo. El juez me volvió a preguntar con retintín: "pero usted ESTUVO EN ESAS FECHAS, ¿NO? Al final hasta nos quedamos de cháchara después del juicio. Me consta que a otros jueces no les gusta que un trabajador se defienda solo. Fui la primera en solicitar a Hacienda la devolución del iva de falsa autónoma. Los que vinieron después de mí no lo consiguieron. Yo sí. Supongo que viendo el percal cortaron el grifo, aunque ahí me da que se crearía un agravio comparativo. Se escudaban en que era un impuesto neutro, en fin, cosas de ellos.
ResponderEliminarSi hubiera abogados "laboralistos" de sindicatos que dijeran que no se puede presentar una grabación, quizá sería porque si lo admitieran entonces tendrían que presentar muchas más demandas porque los trabajadores tendrían pruebas de cosas de las que habitualmente no tienen pruebas. Entonces o bien ese laboralisto tendría mucho más trabajo cobrando lo mismo o bien el sindicato tendría que contratar más abogados y quedaría menos dinero para pagar salarios de sindicalistos y ciertas facturas. O las dos cosas. O ninguna. Navaja de Ockham: que cada cual considere qué opción es más probable.
EliminarSi hubiera "laboralistos" fuera del sindicato que dijeran lo mismo, quizá fuera porque ni siquiera supieran bien cómo "meter" la grabación en demanda o en juicio y por supuesto no tuvieran ganas de oír varios minutos, o incluso alguna hora, de grabación sino que prefirieran rellenar su modelito de siempre cambiando los nombres y luego conseguir que la empresa hiciera una oferta para recomendarle al trabajador que la aceptara, aunque fuera muy a la baja. O quizá no. Navaja de Ockham de nuevo.
Muchas felicidades y gracias por haber publicado este libro para que los trabajadores podamos cobrar sin que nos cueste más el abogado que lo que sacamos. Lo recomendaría sin duda a todos. Yo lo he usado para cobrar dos pagas extras que me debía la empresa y ha sido mucho más facil de lo que creia. Está muy bien explicado y los formularios son secnillos de rellenar. En cuanto llegamos al acto de conciliación me pagaron porque si no les dije que yendo a juicio les cobraría también los intereses.
ResponderEliminarYo ya le he metido dos reclamaciones a la empresa con los modelos del libro y sin problemas. Me pagaron en el acto de conciliación dos semanas después porque les dije que si no les metería la demanda y entonces me tendrían que pagar también los intereses. Lo que más me alegró es lo que le jodió a la empresa que pudiera denunciarles gratis. La empresa iba con el abogado de la asesoría y no le sirvió de nada porque si no me habían pagado me tenían que pagar y de eso no se podían defender.
ResponderEliminarComprado, demandada la empresa, ganado el juicio y cobrada la deuda. Creo que lo más importante es que me he dado cuenta de que es muy fácil hacerlo yo mismo y desde ahora lo podré hacer siempre que me deban dinero en la empresa. Es una pena que alguna gente haya intentado cobrarme 1000 euros por hacer algo tan sencillo. En mi caso mi contrato es de personal administrativo, hice una consulta en esta web y me hicieron las cuentas que el sueldo de convenio eran 19.000 al año pero me pagaban 16.000 y no me daban el plus de transporte que eran otros 90 al mes. En el modelo de mi caso, la demanda es de dos hojas en las que solo tuve que poner los datos, cuánto te deben, qué cobras y que pides lo que te falta.
ResponderEliminarAún estoy que ni me lo creo. ¡Gané el juicio representándome a mí mismo! La verdad es que no ha tenido mucho mérito porque el convenio decía que me tenían que pagar 200 euros mas de los que me pagaban y no cabía discusión posible.
ResponderEliminarQuiero resaltar que inicialmente me uní a UGT para la demanda, la compañía me ofreció la mitad de la cantidad que me adeudaba y el abogado de UGT se puso superpesado para uqe lo aceptara, pero me negué. ¿Por qué debería renunciar a mi dinero para que alguien se quite trabajo? Por lo tanto, decidí prescindir de UGT, ya que ya no confiaba en ellos. Presenté la demanda por mí mismo y asistí al juicio en solitario. El juicio fue rápido y simplemente reafirmé lo que había alegado en la demanda, solicitando también las diferencias salariales correspondientes a los meses transcurridos desde que presenté la demanda. La demanda era más que fácil, porque solo era explicar que el convenio establecía un salario superior al que me estaban pagando y solicitaba la diferencia junto con los intereses. En el bachillerato hice redacciones más difíciles. ¡Y gané incluso los intereses! Algo que el descarado de UGT me dijo que sería muy difícil.
Pero lo más importante no es haber ganado, sino tener la confianza para poder hacerlo nuevamente cada vez que una empresa intente aprovecharse de mí. Ahora me considero un trabajador empoderado.
Si te encuentras en una situación similar, te animo fervientemente a que transformes tu vida laboral y no permitas que te tomen por tonto con acuerdos que benefician a todos excepto a ti. No dejes que te engañen ni te intimiden. Toma acción y reclama lo que te corresponde. Mucho ánimo, compañeros, y que la justicia prevalezca.