Despido nulo con prueba mediante grabación oculta.

En muchas ocasiones, las únicas pruebas o indicios que tiene el trabajador de un acoso, de una represalia, de unas horas extras ilegales o de la realización de funciones superiores son las grabaciones de llamadas o conversaciones y los mensajes o audios de whatsapp o aplicaciones similares. Hace muchos años que contamos en Laboro que las grabaciones ocultas son admisibles como prueba en un juicio y ahora son más raros los casos en los que al trabajador le dicen lo contrario.

Pero aún hay abogados laboralistos, que no laboralistas, que para quitarse casos de encima dicen que esas grabaciones no valen. Hay que tener en cuenta que los laboralistos no quieren todos los casos sino solo los que sean a lo fácil y que permitan un acuerdo rápido. Pues bien, una reciente sentencia es un ejemplo de lo que puede conseguir un trabajador no dejándose engañar por los laboralistos y acudiendo a buenos profesionales.

Una trabajadora había sido contratada temporalmente en sustitución de vacaciones (contrato temporal correcto). Tras los típicos días de prueba, la empresa le ofreció seguir haciéndole contratos temporales para las suplencias que fueran surgiendo y posteriormente hacerla indefinida tras 6 meses. La trabajadora grabó esa conversación, que fue la clave para su victoria posterior.

El segundo contrato fue también correcto, temporal de sustitución. Pero a los pocos días le dijo a la empresa que estaba embarazada y la reacción de esta fue dejar finalizar ese contrato, no hacerle ninguno más y menos aún el prometido contrato indefinido tras 6 meses. Por supuesto, la empresa nunca le dijo que no la volverían a contratar sino que sencillamente no había puestos que cubrir en ese momento, pero mientras tanto la empresa había contratado a otras trabajadoras. El viejísimo truco del palo y la zanahoria cuyo objetivo es que, mientras esperas el siguiente contrato, se te pase el plazo de 20 días hábiles para presentar demanda por despido.

Pero la trabajadora había sido mucho más lista que la empresa, ya que mientras que simulaba seguir la zanahoria ya se había informado de que había sido objeto de un despido nulo por haberse producido durante su embarazo. Aunque el contrato temporal era correcto y había finalizado en su fecha prevista, tenía la prueba de la oferta verbal de seguir haciendo contratos temporales durante 6 meses y posteriormente uno indefinido. Tenía prueba de dicha oferta gracias a las grabaciones, podía usarlas en juicio y además podía pedir la indemnización adicional por violación de sus derechos fundamentales (discriminación por razón de sexo).

Así que la trabajadora inició las acciones legales, pero apurando el plazo por si antes llegaba el contrato prometido. Como era obvio que sucedería, el despido fue declarado nulo, con readmisión obligatoria cobrando y cotizando los salarios entre despido y readmisión, cobrando aparte la indemnización adicional de derechos fundamentales de más de de 6.000€ y aún encima le metieron las costas a la empresa. Recordad que al trabajador demandante no le pueden meter las costas, pero a la empresa sí.

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