Es cierto que el Estatuto de los Trabajadores tiene preferencia sobre el convenio, por lo que serían nulos los artículos del convenio que empeoraran el ET. Por ejemplo, sería nulo que el convenio estableciera menos de 30 días naturales de vacaciones o una indemnización de despido inferior a la del ET. Pero lo que muchos no saben es que el ET indica expresamente que el convenio sí que puede establecer algunas condiciones de trabajo favorables a las empresas que no existieran si no se pusieran en el convenio, y también permite poner condiciones inferiores a las definidas por defecto en el ET. No confundir las condiciones mínimas del ET con las condiciones por defecto del ET. Por ejemplo, en los convenios es legalmente posible:
- Establecer los términos del ejercicio de la solicitud de adaptación de jornada (mediante teletrabajo o de otra forma), aunque sean peores que los que el ET establece por defecto.
- Impedir o retrasar el derecho a consolidar el ascenso de un trabajador que realice funciones superiores por un tiempo.
- Establecer un periodo de prueba superior al máximo del ET en las empresas de al menos 25 trabajadores.
- Establecer un preaviso de baja voluntaria con descuento salarial por incumplirlo.
- Aumentar la duración de los contratos temporales por circunstancias de la producción.
- Permitir contratos fijos discontinuos a tiempo parcial.
- Permitir la distribución irregular de la jornada por encima del 10%.
- Aumentar el número máximo de horas complementarias.
De todos los elementos citados, los dos peores para los trabajadores son la duración de los periodos de prueba y el preaviso de baja voluntaria. Dos auténticos chollos que hacen ganar mucho dinero a las empresas. Raro es el convenio que no tiene preaviso de dimisión y periodo de prueba con duraciones largas e injustificadas. Especialmente los convenios sectoriales estatales que afectan a empresas muy grandes, con mucho dinero para gastar en lo que quieran y que financian a CC.OO. y UGT con liberados y locales. Estas cláúsulas no solo perjudican también a los trabajadores de mayor nivel profesional, sino que perjudican aún más especialmente a estos trabajadores, porque es habitual que los convenios pongan periodos de prueba y de preaviso de dimisión mucho mayores para estos trabajadores que para los de los niveles más bajos. Por tanto, estáis completamente equivocados todos los ingenieros o abogados o médicos superestupendos que os creéis algo así como que el convenio no es problema vuestro porque cobráis mucho más de lo que dice el convenio y sois los jefes del departamento de meadow filostring sinergies. La realidad es toda la contraria: el convenio os importa más que a nadie en estos dos aspectos, que curiosamente son los dos aspectos de los que depende vuestro progreso profesional.
En el lado opuesto, en el ET hay otros derechos positivos para los trabajadores, que el convenio debería cuantificar. Por ejemplo, la compensación económica mínima en caso de estar sometido a una cláusula de no competencia postcontractual y la indemnización por gastos de traslado con cambio de domicilio familiar. Pues que levante la mano quien haya visto alguna vez un convenio sectorial estatal que establezca esos dos valores.
Y lo mismo sucede en empresas con convenio propio. La mía una multinacional aeronautica con parte militar, en beneficios máximos. Crea su propia plataforma de convenio y con los medios que tiene, que incluye a departamentos con mano de obra, lanza propuestas e informa de la marcha de las negociaciones, luego tenemos CCOO y UGT (muy bueno ponerlos con el fondo amarillo) y a otros sindicatos de "profesionales" que firman todo lo que les ponga la empresa el día previsto para la firma. Cientos de millones de ahorros para la empresa bien valen liberaciones y barra libre (incluidas subidas de nivel profesional ) para los firmantes del convenio.
ResponderEliminarSi se han dado cuenta ahora es que también se creyeron eso de que llegamos a la luna no ????
ResponderEliminarUna duda: según tengo entendido, el periodo de prueba no lo pueden variar los convenios provinciales o autonómicos pero sí los nacionales, y aún así, en el artículo se dice que sí lo pueden incrementar los convenios de empresa con al menos 25 empleados. Si un convenio nacional establece el período de prueba de tiempo inferior al de empresa, una vez más los sindicatos "comprensivos" se estarían pasando por el forro el convenio estatal y entrando en contradicción con lo que esos mismos sindicatos han firmado a nivel nacional (sí bien los empleados más afectados pudieran ser los de categorías más altas o cualificadas)?
ResponderEliminarQuiero más artículos del tipo "yo contra la empresa"
ResponderEliminarSaludos!