¿Cómo se solicita la reducción de jornada?
Se puede solicitar verbalmente, pero es mejor hacerlo por escrito porque solo por pedirla ya tienes protección contra despido improcedente. Aparte de redactar tú mismo la solicitud, según consideres necesario y conveniente, en Laboro te ofrecemos las siguientes soluciones profesionales:
- Descargar nuestro manual de solicitud de reducción de jornada. Es un archivo PDF que contiene diferentes modelos profesionales, tanto para solicitar la reducción como para modificarla, prorrogarla y finalizarla; así como los pasos generales que un trabajador podría seguir si así lo deseara. Está adaptado a las últimas modificaciones de la legislación laboral sobre el tema.
- Hacernos una consulta laboral privada para trabajadores. En esa consulta no solo podrías pedir que te redactáramos la solicitud de reducción, sino que también podrías aprovechar la misma consulta para pedir el cálculo de tu nómina tras la reducción y/o hacer otras preguntas sobre la reducción y/o otros temas laborales.
¿Quién tiene derecho a la reducción de jornada?
Según la redacción vigente del art.37.6 del Estatuto de los Trabajadores (37.5 hasta el 24/10/15), tienes derecho a la reducción voluntaria de jornada y a la concreción de horario en cuatro casos:
- Si tienes la guarda legal de un menor de 12 años. No tiene por qué ser tu hijo y son válidos los hijos de tu pareja de hecho que convivan con vosotros (STS 21/5/02 y STJUE C-267/12). Puedes iniciar la reducción en cualquier momento. Por ejemplo, puedes empezar a disfrutar de una reducción por un hijo de 11 años aunque nunca la hayas pedido antes.
- Si estás al cuidado directo de tu cónyuge, de tu pareja de hecho o de un familiar (padres, abuelos, hermanos, hijos o nietos, tuyos, de tu cónyuge o de tu pareja de hecho) que no trabaje y que no pueda valerse por sí mismo. No es imprescindible que tenga ningún tipo de invalidez reconocida legalmente.
- Si tienes la guarda legal de cualquier persona con discapacidad que no trabaje.
- Si estás al cuidado de un hijo menor de 18 años durante su hospitalización y tratamiento continuado por cáncer o por cualquier otra enfermedad grave, que implique ingreso hospitalario de larga duración y su cuidado directo, continuo y permanente, acreditado por el "médico de cabecera". Incluye la continuación del tratamiento o el cuidado en domicilio tras el diagnóstico y hospitalización. En algunos casos se puede prorrogar hasta los 23 o incluso 26 años. El porcentaje de reducción tiene un mínimo del 50% y no tiene máximo, admitiéndose la posibilidad de que el convenio permita la acumulación de la reducción en jornadas completas.
El convenio puede regular la concreción del horario reducido (novedad en la reforma laboral del PP de 11/2/12), pero el propio derecho a reducir no puede limitarse ni condicionarse por el convenio. La empresa puede discrepar de la concreción de horario reducido que pidas, pero la empresa no puede concretarlo unilateralmente. O lo concretas tú, o se concreta por acuerdo, o se concreta por sentencia.
Si eres funcionario o personal laboral de la Administración Pública te interesaría leer el artículo de reducción voluntaria de jornada para empleados públicos porque hay algunas diferencias.
Mucho ojo, porque muchas veces se olvida o se desconoce que la reducción voluntaria de jornada es uno de los derechos de conciliación de la vida laboral y familiar reconocidos a TODOS los trabajadores; pero no es el único. Existen otros derechos de conciliación para TODOS los trabajadores: la excedencia con reserva de puesto por cuidado de hijo o de familiar, la adaptación de la duración y distribución de la jornada sin reducirla y los permisos retribuidos de lactancia, paternidad y maternidad. En algunas empresas se pueden tener otros derechos adicionales y/o una mejora de los comunes. Además, existen formas de combinación y fraccionamiento de estos derechos.
¿Cómo se reclama si la empresa deniega la solicitud de reducción de jornada o no contesta?
Existe un procedimiento especialmente simplificado de demanda contra la empresa por asuntos de derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, como es la reducción voluntaria de jornada. Es una demanda muy sencilla, y gratuita porque no tienes obligación de contratar abogado, en la que podrías pedir no solo la reducción y horario concreto a los que tuvieras derecho, sino que también podrías pedir una indemnización por los daños y perjuicios causados por la negativa o retraso de la empresa en darte el derecho.
¿Qué ventajas legales tiene la reducción de jornada?
- Tienes derecho a concretar tu horario reducido. No se trata de que te reduzcas la jornada y que sea la empresa la que te ponga el horario.
- Tienes protección contra el despido improcedente.
- Las indemnizaciones por despido o por extinción voluntaria indemnizada las cobras igual que si estuvieras a jornada completa.
- El paro lo cobras igual que si estuvieras a jornada completa.
- Los 3 primeros años de reducción se computan cotizados al 100% para las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad.
¡Mucho ojo! Para disfrutar de todas estas ventajas puede ser imprescindible que la empresa comunique la reducción voluntaria correctamente a la SS. Hay muchísimos casos en los que la empresa o su asesoría lo hacen mal y luego le deniegan al trabajador el paro a jornada completa y la cotización ampliada.
¿Qué horario se puede pedir para la reducción de jornada?
El horario reducido concreto del que pudieras disfrutar dependería de tu jornada actual, de tu contrato y de tu convenio. Tienes a tu disposición el servicio profesional de consultas laborales privadas solo para trabajadores para preguntar por tu caso particular, sin que tengas que indicar en qué empresa trabajas.
¿Cuánto baja el sueldo por reducción de jornada?
La mayoría de los conceptos brutos de la nómina se reducirán en el mismo porcentaje de jornada que te quites. Por ejemplo, si te has quitado un 25% de la jornada, te quitarán un 25% del salario base bruto. Pero a veces las empresas "se equivocan" y reducen de más y/o reducen conceptos de la nómina que no puedan ser reducidos, según cada caso particular. En el servicio de consultas de Laboro hemos detectado muchos casos en los que la nómina no solo estaba mal tras la reducción de jornada, sino que también estaba mal antes. En esos casos, el trabajador puede presentar demanda de reclamación de cantidad, para la que tampoco tiene obligación de contratar abogado.
En caso de guarda legal de menor, la duración máxima será hasta el día de antes en que el menor cumpla 12 años (hasta el 21/12/13 eran 8 años). El convenio puede ampliar esta duración máxima, pero no rebajarla. En los casos de cuidado de familiar o discapacitado no hay duración máxima, mientras que se mantenga su estado.
¿Se pierden días de vacaciones o de festivos por reducción de jornada?
La reducción voluntaria no implica reducción del nº de días festivos, ni reducción del derecho a vacaciones, ni reducción del nº de días de asuntos propios si existieran en tu convenio. Pero sí que cambiaría el importe que cobrarías por cada uno de ellos en función del porcentaje de reducción y a veces de la fecha de inicio de la misma.
Este artículo de Laboro se mantiene actualizado con las modificaciones legales sobre el derecho de reducción voluntaria.
me ha parecido una información muy interesante, útil y clara, muchas gracias
ResponderEliminarMuy buen articulo.
ResponderEliminarExcelente artículo. Sólo faktaría añadir algún sistema que, introduciendo tus datos, te calculara la reducción de tu salario automáticamente.
ResponderEliminarimpecable el articulo, muchas gracias por la ayuda
ResponderEliminarme ha encantado el articulo, muchas gracias por esta explicacion tan clara, gracias a el ahora se como tengo que actuar ante mi empresa cuando solicite dicha reduccion, la cual tenia que solicitar y no encontraba nada que me resolviera mis dudas tan claramente como vosotros.....
ResponderEliminarDe todos los artículos que consuté sobre la reducción de jornada por cuidado de hijos es el más completo con diferencia. Os animo a que sigais informando de forma tan correcto sobre temas que son de interés general como este.
ResponderEliminarUn saludo.
Muchas gracias por el artículo, es muy útil. Aunque a una amiga después de volver de la baja por maternidad (abortó al 6º mes) le han despedido... Imagino que será por si se quiere volver a quedar embarazada y se tenga que coger la baja desde el principio por ser embarazo de riesgo por antecedentes (aunque la empresa, por supuesto lo niegue)... Vamos ¡ Viva la conciliación, no?!
ResponderEliminarPedi una reduccion de jornada hace cuatro años y me calcularon mal la reduccion del salario -me estuvieron pagando de más-Yo no me di cuenta pues hasta me dieron por escrito previamente lo que iba a cobrar cada mes -
ResponderEliminarCuando al cabo de unos meses la empresa acusó su error me echaron en cara no haberlo visto yo y me hicieron devolver la cuantía.
Mucho cuidado con eso!!
1- ¿Estás segura de que te están pagando lo correcto? Igual que no sabías que antes te pagaban de más ahora puedes no saber que te pagan de menos. Es responsabilidad de cada uno el saber los conceptos que entran en la nómina porque están explicados en el convenio en castellano.
ResponderEliminar2- Cuando pasa eso la empresa tiene derecho a ir descontando de las siguientes nóminas. Nunca tienes que devolver el dinero en metálico. Supón que fueran 3000€. Si los devuelves en un sobre estás creando 3000€ en B de los cuales tú has pagado o vas a pagar (según lo que te retengan) el IRPF, y que como dinero B se lo puede embolsar directamente, limpio de impuestos, tu jefe.
Es un artículo muy completo, y me dejó las cosas muy claras cuando lo leí, yo estoy pendiente de incorporarme tras la baja por riesgo durante la lactancia, ya tengo preparado el escrito, trabajo a turnos y reduzco dos horas diarias, el caso es que una compañera en la empresa, lo ha solicitado y se lo han denegado (la elección de horario), ella ya lo intentó cuando se incorporó tras el nacimiento de su primer hijo y fueron a juicio, el juez dictaminó a favor de la empresa y ella estuvo haciendo turnos de seis horas, ahora se lo deniegan argumentando la resolución de aquel juicio, y puesto que su horario habitual son turnos rotativos es dentro de este horario donde tiene que reducir la jornada, me pregunto. ¿tan poco clara está la ley que cada juez puede interpretarla como quiera? Sinceramente no lo entiendo, bueno yo voy a intentarlo pero desde luego lo tengo muy difícil.
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarMuchas gracias por la información, me ha servido de mucha ayuda.
He solicitado una reducción de 1 hora en mi empresa y me la han concedido. Ahora tengo una duda, ésta reducción afecta mi paga extra de navidad?.
Gracias y un cordial saludo.
Sebastian
Muy bien explicados todos los puntos.
ResponderEliminarOs animo a seguir en esta línea
Un saludo
Un artículo muy interesante y esclarecedor, por lo menos a mí me ha sido de gran ayuda.
ResponderEliminarMuchas gracias por el articulo ha sido de gran ayuda, en mi empresa nos han metido en un ere de suspension temporal de empleo a 10 trabajadores, al final de mutuo acuerdo con mis compañeros me han sacado del mismo pero especificando que no estoy exenta de que se me incluya en el proximo ere, he pensado pedir la reduccion de jornada antes de incorporarme para estar mas protegida aunque tengo miedo de represalias ya que mi trabajo incluye guardias 24x7 y les hago una putada si no estoy a jornada completa, en fin a ver que pasa ya te contare...
ResponderEliminaryo he pedido reducir mi jornada a 24 horas trabajando de mañana de lunes a sabado y me han contestado que tengo que trabajar una semana de mañana y otra de tarde por que mi jornada ordinaria es de turnos rotativos semanales. ya he presentado la demanda.
ResponderEliminaryo despues de la reduccion de jornada, discriminacion total y acoso laboral, 6 meses mirando contra la pared, sin funciones, no me dieorn las vacaciones, me quitaron dinero de la nomina, y cientos de cosas mas, estoy en juicios constantes, me han tenido que reponer en mis funciones, las vaciones me las dio la jueza, y asi estamos... luchando!
ResponderEliminarmuchisimas gracias, es de las pocas veces que buscando información por internet encuentro algo tan rapido y tan claro como este artículo.
ResponderEliminargracias de nuevo!!!!!!!!
Enhorabuena por el artículo, me servirá de gran ayuda. Ahora mismo estoy disfurtando de la baja por maternidad y tenía pensado pedir la reducción cuando tenga que reincorporarme. Desgraciadamente en mi trabajo han surgido problemas con el ultimo convenio firmado ya que nos destroza la vida en familia y esta es la via de escape de muchas de nosotras. Están pidiendo el horario de los maridos para ubicarnos donde a ellos mas le convenga además de otras presiones. Solo quería saber si el estatuto está por encima del convenio, supongo que si... GRACIAS POR EL ARTICULO.
ResponderEliminarQuerría saber como ha quedado Anónimo, que ha demandado a la empresa para conseguir turno fijo de mañana estando a turnos pues yo estoy en la misma situación y la semana que viene presento la demanda.
ResponderEliminarGracias.
Me ha servido de mucho tu artículo, en mi caso ya estoy empezando a sentir malas contestaciones de parte de mi jefa (que por cierto está embarazada y tiene otro hijo!)porque no quise aceptar ninguno de los tipos de despido que me ofrecía. Evidentemente ninguno se ha hecho efectivo, pero esa sensación de que no te quieren allí...es dificilmente soportable. Ya se me sugirió antes de volver de la baja maternal "qué tal una media jornada con medio paro, para que estés con tu bebeeeeeee?"...y me acogí a la reducción. Luego se me forzó a reducir más horas (sí, sí, ya sé que esto es unilateral, pero vamos, el acojone que me entró...)
ResponderEliminarno os podeis imaginar el acoso que estan haciendo en mi empresa, a las mamas trabajadoras, que tenemos la reduccion, este articulo me ha venido super bien para terminar de aclarar las dudas que tenia gracias!!!
ResponderEliminarHoy me he enterado que habrán desdidos en mi empresa, yo tengo reducción de jornada (87,5%) y me lo dejan hacer de forma intensiva, soy la única mujer de mi departameno y encima con reducción.... imaginate. Un Ere no pueden hacer por ciertos motivos. Pero despidos normales sí.
ResponderEliminarGracias por el artículo, veo que mi posibilidad de despido se reduce. Por lo que mas temo es por no poder difrutar de mi peque.
Aunque si me llaman para despedirme... tengo que firmar como no conforme. Me llevo el Articulo del Estatuto de los Trabajadores, para que se enteren de que estoy informada... estoy hecha un manojo de nervios...
Suerte a todas/os
Muchas gracias por el Articulo, la verdad es que se necesitan estas cosas, para que conozcamos nuestros derechos y no dejarnos engañar.
ResponderEliminarMucha suerte a todos
Gracias,muy util,vendria bien que incluyeras los pasos a dar en caso de demandar...¡Muchisisisimas gracias por todo!Rocio.
ResponderEliminarMil gracias por las clarisimas explicaciones que nos facilitas. Soy una trabajadora más en reducción de jornada al 50% desde hace cuatro años, que se encuentra con mil trabas a diario, por parte de mis jefes,y que a pesar de llevar más de 15 años en la misma empresa, no tienen ninguna consideración en cuanto a: cambiarme de lugar de trabajo, cambiarme de horario prácticamente cada dia y haberme relegado de mis funciones... ¿Acoso laboral?... En fin, lucharemos. Reitero mi agradecimiento.
ResponderEliminarHay alguna mama de castilla y leon? se sabe ya algo de las subvenciones por excedencia maternal? Saludos Gracias.......
ResponderEliminarYo voy s ir a juicio en breve, por negarme reduccion de jornada , habiendola pedido 3 veces por escrito, y segun la empresa siempre falta algun papel, pero la gane o no me rio por que no van a poder conmigo. Tambien he pensado después del juicio cuando tenga que incorporarme llevar encima una camara oculta todo el tiempo, igual que hacen ellos, que intentan tirarte con disciplinario, ya que en reduccion seria nulo, ja ja , deberiais hacer lo mismo Y SIN MIEDO, SON POCOS Y COBARDES, SALUDOS AL AUTOR DE LA WEB, ME PARECE UNA PERSONA GENIAL. SALUDOS DE SIRA.
ResponderEliminarir con camara oculta al curro... es lo mejor que se tomen de su propia medicina.
ResponderEliminarEnhorabuena al autor de esta web. Saludos de sira.
Gracias,si que voy hasta el final,desde luego.
ResponderEliminarVoy a ir al centro de mediacion a rellenar una papeleta de conciliacion y como ellos me han dicho lo mismo que yo les ponia en mi fax,que si en 5 dias,no hay contestacion por mi parte,dan por zanjado el asunto,hoy envio burofax indicando mi disconformidad,no quiero dejar cabos sueltos.Mil gracias por todo.
Enhorabuena por la profesionalidad.
ResponderEliminarMuchas gracias.
Artículo claro e interesante desde el punto de vista de los empleados, los empresarios siempre son malísimos e intentan fastidiar a los trabajadores.
ResponderEliminarY ya es de nota lo de la "asesoría Pepe", parece que sólo vosotros sabéis de los temas y los demás no tienen ni idea y no se actualizan nunca, como es una materia que no cambia nada.
No creo que los empresarios sean siempre malisimos ni que las asesorias no se actualicen, lo que si bien es cierto es que los empresarios aub tienen el concepto de que somos maquinaria que tiene que dar la mayor productividad a la empresa y eso ya cambio gracias a Dios, o a la gente que como el autor de esta pagina se interesa por hacer culturilla empresarial que todos deberiamos saber. En cuanto a las asesorías, no todas, pero en una gran mayoría amoldas tus tramites a sus procedimientos o " no se puede hacer", tienens que llevarles la Ley o el Decreto que diga... y aun asi no lo tienen claro.
ResponderEliminarEstá más que claro que un empleado que se reduce la jornada pierde dinero, por tanto nunca lo hace por joder a su empresa. El único problema que ve el empresario es que con la reducción de jornada el empleado va a vivir mejor (no te jode, encima de cobrar menos va a vivir peor) y eso es lo que le jode de la reducción. Existe la mentalidad franquista de que un empleado es un esclavo que cuanto más jodido esté más productivo será. El empresario no ve al empleado como alguien con el que entabla una relación de igual a igual (el empleado trabaja y el empresario paga) sino como alguien que debe prestarle una subordinación personal, alguien que debe "pedirle permiso". La consecuencia inmediata es que una gran parte de la plantilla directamente pasa de su empresa y muchos incluso desean que se hunda (quien no se lo crea que lea las encuestas de esta web). Eso es lo que nos hace diferentes y el motivo verdadero por el que la crisis ha golpeado más duramente a España que al resto de la Europa avanzada, si es que estamos realmente en ella.
ResponderEliminarel articulo es estupendo, me ha interesado muchisimo. estoy en un caso de estos, soy fija discontinua en una empresa desde hace 13 años y tengo reduccion de jornada por guarda legal de un menor.Me "han soplado" que en marzo, cuando tenga que volver a incorporarme, van a presentarme el despido, y estoy acojonada, no se si realmente pueden hacerlo o tengo alguna proteccion. es injusto.....
ResponderEliminares verdad todo lo k pones en el articulo, yo tuve k denunciar a mi empresa pk no me daba el horario k keria, estaba a turnos y me obligaban a ir a los 2 gane el juicio y ahora stoy trabajando en un solo horario, animo a tod@s a denunciar si no os lo dan pk ay muchisima gente k no denuncia yo e sido la 1ª de mi empresa y detras de mi an ido muchas mas FELICIDADES POR EL ARTICULO
ResponderEliminarEl artículo es genial pero si no se denuncia no hay ninguna posibilidad de conseguir el horario que te interesa si la empresa lo deniega. Creo que el escrito se debería dirigir directamente a algún organismo que lo regulase, así, si fuera por protocolo a la gente no le daría palo pedirlo. Si lo tenemos que seguir pidiendo al empresario las negativas seguirán a la orden del día. Me gustaría saber si alguien ha demandado con abogado que no sea de oficio y cuánto le ha costado aproximadamente. Yo tengo el juicio en breve y no sé lo que me cobrará el abogado.
ResponderEliminarGracias.
Cuando se acude a un abogado siempre hay que firmar la hoja de encargo en la cual se indique el precio exacto. Sobre todo en un caso como este, al que no le van a dedicar ninguna preparación, por dos razones:
ResponderEliminar1- No hay dinero por medio. Lo habitual en los abogados es sacar una tajada del 10%.
2- Realmente la única preparación que se necesita es leerse el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.
Por favor, ¿alguien sabe algo de las promesas de JLZapatero sobre la ampliación de la reducción por guarda legal hasta los 12 años? Es inhumano que piensen que los niños con 8 años sean independientes y puedan estar solos. Gracias y saludos, Una madre preocupada
ResponderEliminarYo también estoy esperando la promesa de Zapatero de ampliar la reducción de jornada. Digo yo que con la falta de trabajo que hay, es ridículo que no aprovechen el hecho de que hay personas que estamos dispuestas a trabajar menos.
ResponderEliminarYo pedí reducción de jornada de 9:30 a 15:00 (el horario que pone en mi contrato es de 9:30 a 18:30 con una hora para comer sin especificar a qué hora hay que irse a comer) pero me dijeron que tenía que coger la reducción de jornada de 9:30 a 14:00 y volver de 15:00 a 16:00. En este artículo pone que no me pueden obligar a eso pero hasta hoy no lo sabía. Muy buen artículo, la verdad.
El artículo és técnicamente bastante correcto. No así los modales barriobajeros de su autor.
ResponderEliminarGracias por el artículo, muy claro en un tema que genera tanta confusión, sobre todo por la desinformación que hay al respecto. Yo solicité una reducción en mi empresa en el 2007, les dije que quería reducir una hora y me dijeron que no podía, que lo mínimo que podía reducir era un tercio de mi jornada, y no me quedó más remedio que acptarlo pues desconocía la posibilidad de reducir 1/8, con el consiguiente sablazo económico que me supuso. Ahora lo tengo muy claro y así lo estoy transmitiendo a mis compañeras cuando me preguntan. Por cierto trabajo en un organismo público y en el departamento de personal veo que están un poco perdidos y ello repercute en los trabajadores.
ResponderEliminarNo tienes nada perdido porque la legislación te permite cambiar el porcentaje cuando quieras todas las veces que quieras, digan lo que digan los de personal. Por tanto solicita por escrito el cambio a 1/8 y luego pon la demanda (o contencioso si eres empleado público) y listo. Ganarás con toda seguridad.
ResponderEliminarENHORABUENA!!!!!! Gran artículo! Me ha solventado muchas dudas. GRACIAS
ResponderEliminarGracias por el artículo, me ha costado buscar mucho en internet para encontrar algo bien explicado. A mi me conceden la reducción de jornada pero aunque el resto de compañeros están durante todo el día, a mi me obliga a elegir turno dentro del horario de atención al público. Soy administrativo y aunque también atiendo el teléfono, tengo más ocupaciones que no dependen del público pero aún así insisten en que está cerrado. En breve voy a acudir a un abogado para saber mis derechos y os contaré la resolución por si hay alguien en mi misma situación. Gracias y un saludo, Maria
ResponderEliminarhola a todos!!!laboro eres fenomenal,,,,,
ResponderEliminarsoy madre y estos dias solicitare a la empres una reduccion de jornada,mi marido y yo trabajamos a turnos y es un coñazo cambiar turnos,parapoder ocuparnos de nuestros hijos.las cosas en la empresa no van muy bien asi que me da a mi que me van a poner impedimentos para darmela,pero ya te contare.
gracias a lo que publicaste laboro tengo las ideas mas claras a ver si tb tengo suerte. un saludo
Hola Laboro, enhorabuena por tu pericia.
ResponderEliminarTengo una duda sobre un comentario que yo creo no ha quedado suficientemente claro. Cuando yo hago una comunicacion previa mediante un escrito a la empresa indicando la reduccion de jornada que los empresarios no estan dispuestos a firmar ni a dar por presentada, tú dices que con ir a poner un burofax el mismo dia ya vale. Tengo mis dudas. Los empresarios pueden argumentar que no has presentado comunicacion alguna y despedirte horas antes de que hayas mandado el burofax. ¿No crees?
La emisión de un burofax es prueba más que suficiente (es LA prueba) admitida por todas las jurisdicciones. De hecho es el medio que usan las empresas para despedir al trabajador que está de baja o al que no quiere firmar el despido. Es PRUEBA de que la comunicación se hizo el mismo día en que se mande, incluso aunque el destinatario no recoja el burofax. Por eso es muy importante se mande el burofax directamente si se tiene la sospecha de que la empresa va a reaccionar con un despido ante una solicitud verbal amistosa. De todas formas, si se produjera el despido el mismo día del burofax, no hay nada más sencillo que no firmar la carta de despido. De esta forma obligas a la empresa a que también te mande un burofax, que será posterior al tuyo. Entonces prevalecería el que fuera enviado antes (Correos pone la hora) y en caso de duda siempre rige el principio "in dubio pro operario".
ResponderEliminarSi, Laboro, pero a la hora de entregarte la carta de despido, siempre pueden tener un testigo (otro empleado, por lo general) que verifique la entrega y además verifique que no lo has querido firmar. Y creo que eso sí que vale.
ResponderEliminarYa me indicas. Eres un hacha, sigue así y no cedas nunca.
Pues no, no vale. El despido verbal "normal" (sin reducción por medio) será automáticamente declarado improcedente (o incluso nulo) por el juez en caso de demanda. Entonces la fecha del despido no será la de la comunicación verbal (de la que tampoco existe prueba) sino la de la sentencia. Pero como sí existe el burofax del empleado pidiendo reducción, con fecha anterior a la demanda, entonces el despido es nulo.
ResponderEliminarSi a alguien le quedan dudas sobre el despido verbal: http://www.muriaassessors.com/seminariospublicaciones/documentos/ArticuloCEF.pdf
ResponderEliminarAl igual que la compañera que escribio el 30/12/09, soy funcionaria pública al servicio de una administración autonómica, y el departamento de personal a mi me ha denegado la reducción de jornada de 1/8 basándose en que el actual Estatuto de los Trabajadores excluye de su ámbito de aplicación a los funcionarios, de modo que no nos beneficia en este aspecto la Ley de Igualdad. Y como el Estatuto Básico del Empleado Público no concreta nada en cuanto a porcentajes de reducción, en mi caso se aplica la Ley de Función Pública de Galicia que establece el mínimo de reducción en un tercio ¡qué injusticia!. Espero que mi comentario pueda ayudar a los que se encuentren en una situación similar.
ResponderEliminarFelicitaciones por las explicaciones, son muy aclaratorias de como estan los derechos de los trabajadores. En mi caso me he decidido a probar a ser empresario, despues de llevar en el paro más de un año. Según el blog todo trabajador que lo justifique puede acogerse a una reduccion laboral y pese a que la empresa no vaya bien, o no este contento el empresario con el trabajador no puede despedirlo o sería nulo... Aconsejo a los empresarios como yo,que ante esta indefensión del empleador, que no quieran seguir siendo empresaris por el temos a los trabajadores, que en vez de contratar trabajadores en España, contraten servicios, externalizandolos fuera de la union europea. Supongo que este comentario será censurado...
ResponderEliminarComo ves no ha sido "censurado". Te aconsejo que leas otra vez el artículo porque no te has enterado de mucho.
ResponderEliminarEl empleado no necesita "justificar" la reducción. Sólo tiene que demostrar la existencia de la persona a su cargo.
Si la empresa va mal sí que se puede despedir al empleado que está en reducción mediante un despido objetivo. Pero será la empresa la que tenga que demostrar que es cierto que, por resumir, si no despide a ese empleado la empresa peligra. El derecho natural e incluso la lógica nos dicen que quien afirma algo es quien debe probarlo.
Sí que es cierto que si el empleado en reducción "no le gusta" no va a poder despedirlo. Nos ha jodido mayo, porque que no le guste no es una causa válida de despido. Si trabaja mal, que lo pruebe y le podrá hacer un despido disciplinario gratuito. Si la empresa va mal, que le haga un despido objetivo. Pero si la empresa no va mal y el empresario no trabaja mal no le puede despedir y que se joda el empresario, por supuesto. A lo mejor es que eso de que no te guste un empleado entiendes cosas como que ejerza sus derechos sin contemplaciones, como el de la reducción, no esté dispuesto a hacer horas extras no pagadas, que haya encontrado a alguien dispuestos a hacer lo mismo por menos dinero... y un largo etcétera de causas de no gustar un empleado que son las que tarde o temprano llevan a una empresa al garete y que por supuesto son ilegítimas todas y cada una de ellas.
Con respecto a tu consejo de que este tipo de empresarietes externalicen fuera de la CE... lo apoyo totalmente. Aquí no necesitamos gente así. Es más, si el propio empresariete se externaliza él mismo mucho mejor. Que monte la empresa en China.
Siguiendo tu filosofía es de suponer que cuando te quedaste en el paro diste la enhorabuena a tu exjefe y la animaste a seguir así, dando caña y levantando España.
Error de base. El jefe no tiene la última palabra. Seguramente que no la tiene ni en su casa. La última palabra la tiene el juez. Y la primera palabra tampoco la tiene; esa la tienes tú. Tu jefe tiene la palabra de en medio, que de poco le vale. O sea que quien inicia el proceso si le da la gana eres tú y quien lo acaba es el juez. Quiero decir:
ResponderEliminar1ª palabra: comunicas por escrito (con registro de entrada) tu reducción y la concreción de horario, que te corresponde a tí en todos los casos.
2º palabra: el jefe te la niega. Tiene que motivar la negativa.
Última palabra: demandas y el juez decide. Si no ha motivado la negativa, ganas seguro. Si la ha motivado, también porque habrá alegado motivos pero no los habrá justificado en tu caso, porque la única justificación que existe parece ser que es que a él le da la gana. Es decir que podrá la típica coletilla "por necesidades del servicio" y no le valdrá de nada. En otros casos sí que habrá justificación y se puede perder la demanda, por supuesto, pero se puede perder ese horario en concreto que pides, nunca el derecho a la reducción. Y nada te impide que si pierdes un horario, demandes otro distinto y vuelvas a empezar.
Gracias por este trabajo y tu tiempo. Soy funcionaria pública y nos regimos por la Ley 7/2007, de 12 de abril, EBEP en su art. 48.1.h recoge los supuestos para la reducción de jornada pero no dice nada sobre la concreción horaria.¿ Sería entonces el art 37.6 del Estatuto de los trabajadores válido para un funcionario? Muchas gracias.
ResponderEliminarNo. En el art 1.3 del ET se excluye a todos los funcionarios. Seguramente que en tu administración haya un acuerdo marco que complemente al EEP.
ResponderEliminarInteresante artículo.
ResponderEliminarSi le enseñan a quien lo escribe a hacerlo sin palabras malsonantes mucho mejor.
También es posible dar consejos con educación
entonces los que dependemos de la administracion local lo tenemos crudo porque a la hora de pedir reduccion de jornada si viene reflejada pero no viene que se puede elegir horario aunque halla de mañna tarde y partido, en este caso creo que los trabajadores tienen mas ventajas que los que trabajamos para la administracion , porque realmente no se hasta donde llegan nuestros derechos, y en el convenio solo viene reflejada la reduccion pero no la libre eleccion.
ResponderEliminargracias por tus artículos laboro, son muy aclaratorios. Somos muchas las interesadas en saber qué podemos hacer, si hay alguna salida para cuando nuestro hijo cumpla 8 años, trabajando para la empresa privada.
ResponderEliminargracias por todo.
Enhorabuena por tu éxito y gracias de corazón.
ResponderEliminarEs la mejor información que he encontrado en todo Internet (incluyendo la proia Ley), pues naide lo ha explicado tan claro y tan bien como tú.
Un abrazo,
Arturo.
Parece que todas las empresas son Siemens, BBVA o Iberdrola, grandes multinacionales que pueden tratar a sus empleados (los son incluso los jefes) como máquinas. Solo un ruego: En España hay centenares de miles de empresas pequeñas que tratan a sus trabajadores/as como de la familia, que cumplen con todos los requisitos legales y que lo arriesgan todo para seguir adelante. Si es un chollo, ¿porqué no montas tu propia empresa? En el artículo se tiñe a todas como tiburones. Injusto y malintencionado.
ResponderEliminarHola compañeros: Los santos solo existen en el calendario. En todos lados cuecen habas.Sabemos que hay trabajadores que hacen un mal uso y abuso de sus derechos: bajas fingidas, reducción de jornada para ir de compras, incluso los hay que roban en el trabajo. Quitando el porcentaje de caraduras, esto nace cuando el trabajador no se siente reconocido ni recompensado y así trata de cobrarse lo que le están negando.
ResponderEliminarTambien sabemos que hay empresarios que no respetan la ley ni los derechos de los trabajadores: salarios muy por debajo del convenio, jornadas que rayan la esclavitud, trato arrogante y vejatorio, discriminación. Si están todos tan concienciados, ¿por qué temí por mi trabajo cuando estuve de baja tres meses por que me dió un infarto?, ¿por qué tuve miedo y aguanté malas caras cuando estuve de baja por riesgo en el embarazo?, ¿por qué no me atrevo a pedir una reducción de jornada legal y razonable?.
La relación laboral no se trata de un ser superior que hace un favor a sus empleados. Es una relación comercial de igual a igual perfectamente regulada. Yo vendo mi tiempo y mi trabajo y el empresario paga, no le debo la vida.
Si TODOS cumpliéramos con nuestras obligaciones TODOS saldríamos ganando.
Laboro, gracias por esta ventanita de aire fresco. Un saludo para todos
Gracias por tus artículos. Son muy buenos. Yo tengo reducción de jornada desde hace 7 años que nació mi primera hija (tengo otra de 3) y no te imaginas lo que han sido, he pasado por todas las fases, tener trabajo que me salía por las orejas (hacer lo mismo que antes hacía en 7, 8 o más horas en 4,45), no hacer nada en toda la mañana a pesar de pedirlo (al principio que ahora ni eso), que me den trabajo justo cuando quedan 10 minutos para salir... Pero yo tengo unas espaldas... pa'aguantar otros 5 que me quedan...
ResponderEliminarSupongo que no hará falta decírtelo, pero si quedan 10 minutos para salir es problema de la empresa. No tienes ninguna obligación de quedarte fuera del horario que tú misma te has puesto, a no ser que en tu contrato o en el convenio esté la realización obligatoria de horas extras. Pero en ese caso, las haces pero las cobras como extras, al precio que diga en el convenio, por supuesto sólo si te las firma, si no que las haga su madre... y además las horas extras son como máximo 80 al año.
ResponderEliminarSi todos los trabajadores fueran como tú otro gallo cantaría. Te aconsejo que leas el artículo sobre acoso de esta web y descubrirás maneras de ponerles en su sitio (que lo tienen y tú se lo vas a enseñar) que puede que ni te imagines.
Yo ya he mandado la carta de la reduccion y se niegan a darmela en el horario de mañana y quieren que siga rotando aun cuando perdieron un juicio de la Audiencia Nacional por ese motivo. Me parece una verguenza que habiendo perdido ese juicio sigan en sus trece y exijan a los trabajadores hacer la jornada que ellos quieren y no la que necesitamos para poder ocuparnos de nuestros hijos.
ResponderEliminarA mi personalmente me estan haciendo la vida imposible y ya tengo preparado todo para empezar con la denuncia, pero me da miedo porque estoy viendo que cada juez es un mundo y uno lo mismo mira por el trabajador y otro tira a la empresa. En fin, tengo mucho más que perder sino lo hago, como que sería imposible seguir en mi puesto de trabajo con el horario que me estan imponiendo.
A ver si gente que ha demandado y ha ido a juicio, comenta como le salio para que el resto sepamos a que atenernos, yo lo haré cuando llegue el día.
Un saludo y enhorabuena por la página.
Enhorabuena por el artículo. Laboro no sé si podrías hacer una aclaración sobre, en caso de excedencia, si se debe comunicar la reducción de jornada después de la solicitud de reincorporación o en este mismo documento se puede informar de la reducción.
ResponderEliminarEs mi caso y me temo que al aceptar la reincorporación la empresa aproveche para comunicarme un cambio de horario.
No hay ningún problema en comunicar la solicitud de reincorporación y la reducción de jornada en el mismo documento.
ResponderEliminarDespues de haber pedido la reduccion de jornada (puse aqui un comentario el 04 de Abril) ahora la empresa se da cuenta de que si voy a juicio puede que ellos pierdan, y me ofrecen librar los dias del fin de semana que mi pareja trabaje y no todos. Hasta ahi no esta mal porque mi bebe siempre tendra a uno de sus padres o a la guarderia.
ResponderEliminarLo malo es que como haria una semana 5 dias y otro 6 pues quieren que tenga un horario diferente para cada semana, en lugar de ponerme un dia libre entre semana y ya está (cosa que ofrecieron ellos en un primer momento pero se han dado cuenta que menos horas al dia más dias a la semana les tiene cubierto el chiringuito). Vamos un lio para mi bebe, para la guarde y para mi vida y la de mi pareja en general, ufff, que gente más cansina.
Ademas desde aqui quiero hacer un comentario respecto de los abogados de los sindicatos, pasan de los trabajadores como de la m..., estoy afiliada a un sindicato desde hace tres años y es la primera vez que necesito asesoramiento legal y ha sido de pena (con 5 abogados diferentes del mismo despacho). Cada uno te dice una cosa diferente y en general he conseguido más informacion por esta pagina que por su boca.
A ver como acaba el tema pero cansa ya. Tus derechos y los de tu hijo y al final estas tu sola contra la empresa.
¿5 abogados del mismo despacho? O mucho me equivoco o no son abogados ni de lejos, sino que son los liberados del despacho de la rama o sector que te corresponde y por supuesto que cada uno dirá una cosa porque en el fondo (o incluso en la superficie más visible) no suelen tener ni putísima idea de lo que hablan. Sus méritos para estar allí no son por su inexistente formación, sino de otro tipo.
ResponderEliminarPor desgracia para mi y para otros muchos trabajadores son abogados laboralistas y pertenecen a un despacho muy importante en Madrid que en su publicidad se hace destacar por su buen asesoramiento jurídico. El mismo sindicato, conocidisimo por cierto, los pone como lo mejor que hay.
ResponderEliminarOs pongo las lindezas que me dijeron para que veais:
. Que al estar de baja en el embarazo por IT derivada del embarazo que perdia las vacaciones, que solo se me guardaban de un año a otro si era riesgo laboral en el embarazo a traves de la Mutua pero no por IT por la Seguridad Social.
. Que si mi jornada era de lunes a domingo que tenia que pedir la reduccion en esos dias, que de ninguna manera podia ser de lunes a viernes (a todo esto iba yo con sentencias en las que había perdido mi empresa, no se molestaron ni en leerselas y me seguian diciendo que no podia pedir turno fijo ni tampoco de lunes a viernes).
Me soltaron otras lindezas pero estas son las más sangrantes, porque si estoy afiliada a un sindicato es porque se que en cuanto pueda la empresa me va a intentar engañar en su propio beneficio y como veis con esta informacion me pongo directamente en manos de la empresa y que haga conmigo lo que les de la gana (y con mi bebé de paso, y con mi pareja, y con toda mi vida en general).
Les hice la pregunta esa por teléfono porque entre que te dan cita pues como que una semana mínimo - quince dias (como para algo urgente, no me j....) y pasan de mi totalmente, nunca esta mi abogado y si está pasa de cogermelo.
Al final, lo que dije en el último mensaje, tú solita contra la empresa, ni sindicato ni leches. Mi conclusión es que en cuanto termine este tema me doy de baja y lo intentaré con el otro sindicato a ver si hay más suerte, y si no pues en Internet que es donde me he buscado la vida y mejor me ha ido.
A lo mejor es que simplemente he tenido mala suerte, pero con 5 ya es mucha casualidad.
Espero que no estés hablando de Fetico, Fasga o algún otro sindicato amarillo creado por las empresas, no por los trabajadores.
ResponderEliminarDe todas formas, sea cual sea el sindicato, puedo confirmo que esas dos afirmaciones que dices que han hecho esos abogados son dos burradas muy grandes.
Es muy raro que los sindicatos tengan concertado el servicio de abogados con un despacho privado. Eso suele pasar en los pueblos o pequeñas ciudades en las que no tienen servicio jurídico propio.
Quizá debas sospechar que el fondo del asunto sea quién es tu empresa. A buen entendedor...
Si, y se me olvidaba añadir que entre las burradas me dijeron que si trabajaba a turnos la reduccion deberia ser a turnos... Sólo os digo que he llegado a la conclusion de que el embarazo son 9 meses para que en ese tiempo además de crecer tu bebé te busques las castañas tu misma para dejar todo medianamente arreglado de cara a la vuelta al curro y que te estafen lo menos posible.
ResponderEliminarEl sindicato no es Fetico (ya sabemos ese como es...), es UGT y respecto a temas relativos al convenio del comercio ya os comento que mejor no preguntar, por lo menos en los abogados de lo que ellos denominan "las comarcas" (las que no pertenecen a la capital). De todas formas a mi me da la impresion que deben ser abogados jovenes, sin experiencia, que les dejan solos y en vez de asesorarse ellos mismos antes de responder, te dicen lo primero para que pases del tema y no des más problemas. Para más datos pertenecen a un despacho de abogados de Madrid, solo teneis que preguntar para saber cual es, pero a mi me dejan con la cara a cuadros cada vez que voy.
Mi empresa es una multinacional muy fuerte en su sector, pero creo que independientemente de eso ellos estan para luchar por los derechos de los trabajadores y si se amedrentan por el nombre de la empresa pues ya empezamos bien, hasta los abogados de oficio del Juzgado de lo Social sabían muchísimo más (fue nombrarles una sentencia y sabían de que iba perfectamente). Lo malo de estos últimos que te tienes que preparar la papeleta de conciliacion por tu cuenta y eso me han dicho los abogados de UGT que puede ser fatal (a saber ya hasta que punto es cierto).
Yo solo digo que sigue pasando el tiempo, la empresa no me contesta, y voy detras de los abogados solo para saber si la empresa me puede hacer ir cada semana un numero de dias que a ellos les apetezca (unas semanas 5, otras 6, con el correspondiente cambio de horario y el perjuicio que me supone) y nada, no me contestan, y el tiempo sigue pasando, me queda nada para reincorporarme y mi bebé sin nadie con quien cuidarle, pero claro eso a ellos no les importa.
Espero que los juicios por este tema se agilicen muchísimo más, el otro dia me entere que por una denuncia de trafico te citan en una semana y un bebé que no tiene quien le cuide puede esperar tres meses, si señor, los que han inventado las leyes se lucen una vez más...
hola a mi me han denegado la reduccion de jornada, voy a denunciar pero hasta que salga el juicio (que no se lo que tardara) tengo que incoorporarme con mi horario normal me quedauna semana para empezar atrabajar y no puedo hacer nada es muy injusto.
ResponderEliminarun saludo
hola maria he leido que te han denegado el derecho de reduccion de jornada te quiero decir que la denuncia de tramita con caracter de urgencia y tarda pocos dia en celebrarse el juicio,para mas informacion aqui en laboro en el apartado reducciones de jornada te lo explican todo muy bien un saludo y a por ellos
ResponderEliminarTrabajo en la administración como personal laboral y he presentado solicitud de reducción de jornada por cuidado de hijos se que me la van a denegar porque a un compañero se la han denegado, no hace falta trabajar en empresas privadas para q te la deniegue. Yo estoy decidida a denunciar espero que sea rápido porque el 15 de mayo se me acaba la hora de lactancia.
ResponderEliminarhola yo te recomiendo que lo denuncies cuanto antes, yo me incorporo el lunes dia 3 de mayo y empiezo de tarde.
ResponderEliminarNo me han concedido la reducion y les voy a denunciar pero los abogados del sindicato todavia no han hacho la demanda llevan 15 dias para hacerlo y nada hasta que salga el juicio tengo que hacer el horario que la empresa quiera espero que todo se arregle pronto denuncia es lo mejor lucha por tus derechos.
¿Alguien sabe cuanto puede tardar en salir un juicio de este tipo?
Gracias.
15 días para presentar una demanda en la que sólo van a cambiar el nombre de la empresa y del demandante cogiendo la demanda anterior y teniendo en cuenta que van todos los días al juzgado. Alucina, vecina.
ResponderEliminarComo me gusta que se lean bien los artículos, que para algo los escribo, te dejo de deberes que busques el tiempo de celebración del juicio, que está puesto en algún sitio. :-)
Hola gracias por el articulo me parece genial¡¡¡ a mi me ha dado fuerzas. Mi historia , despues de hacerme la vida imposible mi jefa de zona y hablar con rrhh y decirme que nose podia hacer nada me cogi una baja pq me quede embarazada y aquello fue a peor y mi bebe corria peligro , luego pedi junto ls horas de lactancia y las vacaciones y estaban muy interesados en negociar mi despido bueno "salida" dije que no pero entonces volvieron a la carga y no me daban las aciones , asi que me cogi un año de escendecencia, vuelvo en junio y ya me han llamado para ver que pienso del vida , ya les he comentado reduccion de jornada pero ya me han dicho q ese horario q tal y cual , en fin me veo un despido¡¡¡¡ lo bueno cambio de direccion y nadie de los q me puteaban siguen en la empresa pero bueno en fin¡¡¡¡
ResponderEliminargracias de verdad
Pues yo después de estar disfrutando de mi reducción de jornada me he encontrado por casualidad en el muro PUBLICO de FACEBOOK de un compañero una conversación entre él y mi encargado en el que se me insultaba gravemente.
ResponderEliminarEstoy pensando en ponerlo en manos de un abogado, aunque no se si los contenidos del FACEBOOK me valdrían como prueba ante una denuncia por acoso.
laboro: ¿El modelo y forma exacta de cálculo viene en tu libro?
ResponderEliminarEn el libro viene un modelo general, con la indicación de que hay que calcular el porcentaje, pero no se explica cómo se calcula este porcentaje.
ResponderEliminarEn su día se pensó en explicarlo, pero se descartó porque son "infinitas" las combinaciones de tipo de jornada (en horas efectivas o no), vacaciones (con días laborales o naturales), días de permiso, jornadas variables en promedio y además todo eso hay que combinarlo con el horario real que tiene el empleado, ya que también existe la posibilidad de que un empleado a jornada parcial se reduzca la jornada.
La única forma es ponerse a hacerlo en cada caso, con convenio en la mano, que ya es bastante complicado saber a veces qué convenio es el que hay que aplicar.
ESTE ARTICULO ME HA SIDO DE GRAN AYUDA, ES EL MEJOR QUE HE LEIDO. GRACIAS A EL ME ANIME A PEDIR REDUCCION DE JORNADA. EL LIBRO DE TUS DERECHOS LABORALES TAMBIEN ME AYUDO, YA QUE LUEGO LA EMPRESA ME ACOSO CON CAMBIO DE DESTINO, DE PUESTO DE TRABAJO. PERO NO ME ARREPIENTO, AHORA SOY FELIZ CON MIS NIÑOS Y CON MI NUEVO HORARIO. TENGO VIDA DESPUES DEL TRABAJO. A VER SI LO ALARGAN HASTA LOS 12 AÑOS. GRACIAS
ResponderEliminarLaboro: Estoy segura de que se puede decir lo mismo sin destilar veneno. ¡Háztelo mirar! No creas que ayudas a la clase trabajadora con tus insultos a la empresa en general. Algo tienes en contra de la empresa que sobrepasa lo ideológico. Tú sabrás. Y creo que puedes ayudar mucho a la gente, sin enconarla contra sus jefes.
ResponderEliminarUGT, sindicato amarillo... vaya cagada, que no has rectificado...
Hola,
ResponderEliminarPues a mi me da que Laboro se queda hasta corto con sus comentarios hacia las empresas.
Los que se lo tienen que hacer mirar son las empresas de mierda y los jefes acosadores (que por desgracia, son legión).
Los insultos por si solo no ayudan pero que le digan a la gente que esta sufriendo acoso, que la obligan a tragar de todo bajo amenazas, que la ningunean, etc... Esos si que dirian bonitas "flores" a su empresa.
Animo y a luchar por nuestros derechos y si eso pone a muchas empresas contra las cuerdas pues mejor, asi se lo pensaran dos veces antes de dilapidar los derechos de los trabajadores.
Un saludo.
Muchas gracias por este artículo. Es el único que he encontrado que tiene respuestas a todas mis preguntas. Tengo una niña de 13 meses y quiero solicitar la reducción, así que os pediré el documento para entregarlo en mi empresa.
ResponderEliminarTe felicito por la labor que haces. A mi me has ayudado mucho y has disipado un montón de dudas que tenia en relación al despido cuando estas con reducción de jornada. Casualmente ayer por la mañana nos reunieron en la empresa para darnos una mini formación y no se como, salio el tema de los despidos y nos indicaron que si queríamos negociar un despido con 45 días x año trabajado, pues que ese era el momento para hacerlo y que además tenia que ser ese mismo dia, que no podíamos comentarlo con nadie mas del Call Center (otras campañas). Que casualidad que en esa mini formación estábamos 4 madres con reducción de jornada y 2 miembros de uno de los comités de empresa a los que no les tienen demasiado cariño porque dan mucha caña y no les dejan pasar ni una a la empresa.
ResponderEliminarBueno pues una compañera de las que tiene jornada reducida pico y dijo que ella si quiere que la despidan y que le arreglen los papeles, no se que pasara. Los demás no hemos dicho ni mu y estamos a la espera a ver que sucede.
La informacion buenisima...pero tengo una duda que no dejo de darle vueltas..llevo 2 años de reducion de jornada por cuidado de mi hijo y en agosto cumple 8 años..no se si me puedo seguir acogiendo a dicho derecho ya que por razon de edad todabia no puede valerse por si mismo..agradezco cualkier ayuda de iformacion que me podais facilitar..un saludo
ResponderEliminarLa jurisprudencia confirmó que los niños mayores de 8 años pero menores de edad no se pueden meter dentro del grupo de los que "no pueden valerse por sí mismos". Tanto para la reducción de jornada como para la excedencia por cuidado de familiares.
ResponderEliminarBueno pues a mi me toca al final denunciar. Laboro, mi esposo te mando una consulta privada( trabajamos los dos juntos pero no revueltos) y bueno este es el resultado. La empresa se a pasado por el forro el documento que teniamos firmado, pero eso si, mis compañeros han firmado sin rechistar su flamante cuadrante, con la firma del comite. No se si voy a ganar,lo decidira el juez, pero a dar por culo voy a dar lo que pueda, porque gracias a empresa -> compañer@s -> laboro, he aprendido a hacerlo estupendamente.Ahora empieza lo divertido.
ResponderEliminarSiento las palabras malsonates, pero cuando no estoy con ellos, pierdo la compostura, ja, ja, ja,,,,
Animo a tod@s los que esten en mi misma situacion.
Me ha ayudado mucho,muxas gracias pero creo q no estaria mal saber cuanto son los porcentajes q cobrarias de tu salario,gracias
ResponderEliminarmuchisimas gracias por toda la informacion que dan, me han aclarado demasiadas dudas. Felicidades por estar muy bien explicada
ResponderEliminarcuales son los derechos de la persona contratada para cubrir una reduccion de jornada?
ResponderEliminarBuena pregunta porque no estaba explicado en el artículo (si no, no se hubiera publicado la pregunta). Ahora ya está incluido en el artículo un apartado sobre el sustituto.
ResponderEliminarSolo comentar que las ayudas por reduccion de jornada en Castilla La Mancha las tienen paralizadas. Yo les he enviado unos cuantos correos como consulta y al principio me decian que salian antes del final del 1º trimestre de 2010 y ahora la ultima contestacion es que estan en estudio.
ResponderEliminarPara que luego digan que no hay recorte en los asuntos sociales, JA, JA,,,
Hola el 29 de abril te conte un poco lo que me pasaba . Me llamron por telefono para saber de mi vida , quedaron conmigo no en el lugar de trabajo sino en una cafeteria ¡¡¡ menos mal que mande el burofax antes . pero me dicen que me respetan el horario pero no librar todos los sabados ... que soy muy egoista q piense en los compañeros ¡¡¡ y luego mi puesto era la responsable de la tienda y ahora me dicen que no estoy preparada que todo a cambiado (direccion de la empresa , objetivos, multinacional q cotiza en bolsa ...)entonces q entro como 2º encargada .... en fin ¡¡¡¡ gracias por el articulo aunque lo he pasado fatal me ha dado muchas ganas de seguir¡¡¡¡ a ver q pasa¡¡¡
ResponderEliminarmil gracias
Hay una cosa a la que aludes muy de pasada en tu artículo, y que me ha dejado muy preocupada: la reducción te protege contra el despido pero no en caso de despido objetivo. Justo ahora esulta que el Gobierno quiere "ampliar" o "profundizar" en el despido objetivo... Y mi empresa con pérdidas y con un ERE que le aceptaron hace un año... Me veo en la calle con mi reducción de jornada y todo! Encima, hace ya tiempo que se habla de que la funciones que realizamos en mi departamento pueden ser perfectamente externalizables. Estoy muy asustada, porque además yo soy una madre sola (no tengo pareja)
ResponderEliminarEl despido objetivo no es tan sencillo. Una cosa es lo que la empresa alega y otra cosa lo que puede probar y otra más es que lo que pueda probar sea causa válida de despido objetivo. Objetivo quiere decir, en resumen, que te despiden por causas de las que ellos no tienen la culpa (por eso son objetivas) y que hacerlo ayuda a sobrevivir a la empresa, no simplemente a ganar más o a funcionar mejor.
ResponderEliminarRespecto a la reforma, no se puede hablar de lo que aún no ha sucedido, pero lo que sí que puedo asegurarte es que externalizar un departamento o unas funciones o lo que sea NO es causa válida de despido objetivo. Lee el artículo sobre despidos que para eso está.
Muchas gracias por la respuesta, y sobre todo por la rapidez. Ya me había leído el artículo sobre despidos, y me lo he vuelto a releer, pero ya te comentaba que a esta empresa se le aceptó un ERE hace un año, y 133 compañeros y amigos están en la p. calle. Ahora, alegan más pérdidas para lanzar el rumor de que sobran más trabajadores (no os lo perdáis, incluyen en las pérdidas el dinero gastado en indemnizar a los del ERE!). Y los del comité ya nos han dicho que se huelen algo "fuerte", pues los directivos están muy crecidos desde que les aprobaron el ERE.
ResponderEliminar(Por cierto: por muy legal que sea, no hay derecho a despedir a tanta gente por el morro, y casualmente se trata de mujeres con y sin reducción de jornada, una de ellas de baja maternal, y de hombres y mujeres mayores de 45 años y con antigüedad en la empresa de más de doce y quince años, que ya ho van a encontrar trabajo ni de coña con esas edades. ¡¡¡OTRA INJUSTICIA EN NOMBRE DE LA LEY!!!!
Muchas gracias por el artículo. En mi caso he solicitado la reducción de jornada de dos horas por la tarde y me han dicho que como hay otra persona en mi departamento con reducción de jornada en mi mismo horario no pueden concederme a mí el mismo horario. A mí no me sirve de nada reducir la jornada por la mañana, por lo que estoy pensando en demandar.
ResponderEliminarYo tengo una guarda legal de mi primer hijo del 62.50% de jornada. A la vuelta al trabajo del segundo hijo y estando en periodo de lactancia me comenta el jefe que me tiene que reducir más el horario para reducir costes de la empresa, supongo que por lo de la reforma laboral que se comenta de Zapatero. Por cierto soy la única trabajadora de la empresa.
ResponderEliminarEl esta esperando que se publique la reforma para saber que hacer conmigo!!!! Ya veremos si es verdad que existe protección para los que estamos en reducción por cuidado de hijos.
Llevo 6 años con una reducción de jornada del 33,33%. Este año me he dado cuenta de que mi jornada de trabajo era la misma tanto en los meses de jornada laboral de 39 horas como en los meses de jornada laboral de 35 horas. He estado durante años trabajando durante los meses de jornada a 35 horas, no a un 66,66% de la jornada sino a más de un 74%. Lo he comentado en la empresa pero claro, a buenas horas mangas verdes. Si quieres ahora puedes pero lo pasado pasado está. Lo comento para que todas aquellas personas que estén en situación parecida sean conscientes del tema. Gracias por la información, me es muy útil.
ResponderEliminarHay muchísima gente en esa situación y no sólo algunos meses del año, sino todos los meses del año porque en la inmensa mayoría de convenios la jornada semanal es de 38 o 39 horas pero el porcentaje se lo hacen con 40.
ResponderEliminarQuien esté en estas situaciones no tiene todo perdido. Tener un porcentaje inferior es cobrar y cotizar menos. Mediante demanda de reclamación de cantidad se puede cobrar la diferencia de los 12 meses anteriores y mediante denuncia ante inspección de trabajo se puede recuperar la cotización de los 4 años anteriores.
Desde aquí muchos ánimos a todos...Mi juicio sale ya el día 30 de junio, después de 5 meses...aquí los juzgados están colapsados y se pasan por....donde sea nuestros derechos y las leyes...pero por fin ha llegado la hora. Gracias a Laboro he seguido bien todos los pasos, espero que ahora el abogado del sindicato haga bien su trabajo y que el juez dicte sentencia algo más rápido que cinco meses....Gracias por el artículo!!!
ResponderEliminarYo acabo de ser padre, pero no me interesaría hacer uso de la reducción de jornada hasta noviembre. Aun así, me gustaría comunicarle a la empresa mi decisión lo antes posible, para que tenga más tiempo para buscarme un sustituto y salga lo menos perjudicada posible. ¿Puedo solicitar ya la reducción, de forma a estar ya protegido, e indicar que ésta empezaría a ser hábil en noviembre?
ResponderEliminarPor cierto, gracias por el artículo.
Una buena pregunta, que se publica porque es un caso general, no particular, y no está en el artículo.
ResponderEliminarLa respuesta es que por supuesto se puede pedir con antelación y desde que se hace se está protegido, siempre y cuando te firmen la solicitud. Pero si la empresa denegara por escrito la solicitud habría que presentar la demanda antes de 20 días hábiles, porque si pasan esos 20d sin demandar, se pierde la protección porque se entiende que aceptas dicha negativa... a no ser que presentaras inmediatamente otra solicitud con un horario diferente.
Buenas,
ResponderEliminardespués de leer el artículo, pedí la reducción de jornada (ya que veía que, básicamente, me lo tenían que dar). Soy recepcionista de hotel y trabajo de lunes a domingos con descansos alternos y a turnos. La empresa me dijo que no me negaba la reducción pero si el pedirme trabajar de lunes a viernes por modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Fuí a la abogada y me dijo que, si no tenía ninguna forma de demostrar que pedía la reducción para estar con mi hija porque no había nadie que se pudiese quedar con ella, perdía el juicio y encima tenia que pagar los trescientos y pico de € que me costaba.
Al final no es tan fácil como parece, la ley es la ley, si, pero luego está el juez que interpreta a su manera y hace lo que le da la gana, encima, siendo el único juez que tenemos aqui en Algeciras en el juzgado de lo social..
La modificación sustancial de las condiciones de trabajo es algo que hacen las empresas, no los trabajadores. Además la jurisprudencia confirma que lo primero es que la empresa tiene que demostrar porqué no puede darte libre los sábados y los domingos. No sólo alegar cosas, sino probar perjuicio real para la empresa. Si lo demuestran, entonces efectivamente el empleado tiene que demostrar porqué ese horario que pide es el mejor para su hijo.
ResponderEliminarPero si la empresa no puede demostrar el perjuicio, entonces es el empleado el que se lleva el gato al agua. También gana el empleado si ambos demuestran tener razón, pues en caso de conflicto hay muchas sentencias que dicen que prima el beneficio del menor.
Desde luego que al final no es tan fácil como parece, sobre todo si el cuidado del menor es sólo una excusa para ponerse un horario de puta madre y más aún si no se demanda, teniendo en cuenta que se puede hacer con abogado de oficio gratuito hasta el final en cualquier caso porque no es una demanda económica.
Nada, nada, como la mayor parte de los trabajadores más o menos jóvenes tenemos hijos menores de 8 años, pidamos todos una reducción de jornada, eligiendo el horario que nos parezca mejor, imposibilitando a la empresa a cunplir con las exigencias del mercado. Eso sí, cuando vayamos a comprar, exijamos horarios amplios, trato y servicio exquisitos, tiempos de respuesta reducidos... A ver si entre todos conseguimos que por fin quiebren las empresas y así poder vivir todos de las subvenciones.
ResponderEliminar1- Como el trabajo es por cuenta ajena, al trabajador se la trae totalmente fresca que la empresa "cunpla" con las exigencias del mercado. Es lo que tiene que la "enpresa" se quede con los beneficios de la actividad laboral del empleado.
ResponderEliminar2- La guarda legal es un derecho del menor (no olvidemos esto) y una obligación de los padres que está muy por encima del derecho al lucro de una empresa, que ni siquiera es una persona física. Es lo que tiene que el empresario no respalde las deudas de su empresa con sus bienes personales.
3- Cuando un empleado va a comprar lo hace en un sitio que trabajan otros empleados como él. Cuanto más puteados estén por su empresa peor le tratarán, con toda seguridad.
Personalmente nos da exactamente igual que quiebren todas las empresas a las que no les guste que los empleados se reduzcan la jornada para poder cuidar a sus hijos. Cuanto antes mejor. Así el mercado se desviará, si es que no lo está haciendo ya, hacia las empresas que traten mejor a sus plantillas.
Me ha gustado el artículo, es bueno informarse, yo soy ingeniero en una Sociedad Estatal y solicité por escrito la reducción de jornada por guarda legal de un hijo, de eso hace dos años. Tuve problemas desde el mismo momento de la solicitud, me llegaron a denegar un curso que ya estaba pagado por la empresa, malas caras, olvido, amenazas, cabreos, no dar trabajo, recluirte en un rincón.... ves que tu carrera profesional está acabada, no hay posibilidad de promoción interna, no habrá cursos de formación ..en fin... al menos disfruto con mi hijo, antes llegaba a casa cuando ya estaba dormido, pero el camino no es fácil y ha veces uno se derrumba ante tanta presión injustificada por parte de personas que están puestas a dedo y llegan a su puesto de trabajo a las 12 de la mañana..
ResponderEliminarQuizá mi comentario fue excesivamente sarcástico. Lo que quería decir es que, de la lectura del blog, me ha parecido entender que la conclusión es algo así como "aprovechándote de que tienes hijos menores a tu cargo, pide reducción de jornada. No des ninguna explicación. Haz uso de tu derecho e impón tu horario". No creo que, como dices, a los trabajadores les importe igual el cumplir o no las exigencias del mercado: de ello depende la pervivencia de la empresa y por tanto también de sus puestos de trabajo. No todas las empresas tienen beneficios (de hecho muchas tienen pérdidas) y también en situación de pérdidas siguen asumiendo las obligaciones de pago sus empleados (salvo en caso que, por excepcionales, salen en los medios de comunicación). Lo razonable es que el trabajador y los empresarios hablen para llegar a la mejor solución para todos, de tal forma que los trabajadores puedan atender a sus hijos y la empresa pueda seguir funcionando normalmente.
ResponderEliminarEn lo que se refiere a lo que dices de que la empresa no es una persona física, dependerá, digo yo, de la forma jurídica de la empresa, y eso de que no respalda con sus bienes personales las deudas de su empresa, me parece que te equivocas: cuando hay una deuda, hay que pedir el dinero a alguien y ese alguien (un banco normalmente), no deja ni un euro si no está seguro de que se lo vas a devolver, por lo que inevitablemente el préstamo hay que respaldarlo con algún bien.
Por último, creo que es evidente que cuando escribí "cunpla", cometí un error de trascripción. Creo que nunca escribí "enpresa". No señalaré las construcciones gramaticales erróneas ni los errores de concordancia de tu escrito. Me parecería de mal gusto.
Hola a todos!
ResponderEliminarDesde hace unos dias disfruto de mi turno maternal con reducción de jornada!!
El camino no ha sido fácil puesto que como os podréis imaginar he tenido que demandar para que un juez me dé la razón. Por lo que ( y no porque haya ganado), tengo que corroborar lo que dice Laboro; el juez no es tonto, y sabe distinguir entre cuando se necesita un horario o cuando uno se quiere poner un estupendo horario ( que no es lo mismo...). Es un derecho, pero no del todo exigible de manera incondicional.
Actualmente, tengo que soportar hostilidades por parte de mis superiores y todos los días me cambian de tareas.. Soy fuerte para soportar esto y más: mi motivación es que mi pequeño no va a tener que prescindir de los cuidados de su madre por más que el tiempo estrictamente necesario.
A todos deciros: si de verdad lo necesitáis, no temáis en demandar: no os acobardéis por los comentarios de jefes, casos de gente que no hayan ganado, sindicatos que ponen excusas a la hora de defenderte... cada caso es particular y los matices son los que hacen que la balanza se incline a un lado u a otro..
Saludos.
Es algo poco comprensible que os animéis a demandar a la empresa para conseguir la reducción pero luego no la demandéis para acabar con las represalias posteriores. El Estauto de los Trabajadores es bastante estricto en cuanto a cambios de horario, de funciones y de lugar de trabajo. Para resumir, el empresario no es libre de hacer estos cambios como quiera ni por cualquier razón y menos aún si no existe dicha razón.
ResponderEliminarComo ha dicho el último anónimo (que poco os costaría poneros un nombrecito en el comentario), los jueces no son tontos y sin ven este tipo de medidas aplicadas después de una reducción sentenciarán a vuestro favor sin dudarlo. Incluso si en los hechos probados se considera que ha habido algún tipo de represalia o discriminación, podéis comunicarle la sentencia a la Inspección de Trabajo y ésta podría sancionar a la empresa, que es lo único que les duele.
Me parece muy interesante el artículo, pero no está muy claro como afecta la reducción de jornada a las bases de cotización.
ResponderEliminarSupongamos que te reduces la jornada un 15%, es decir que trabajas un 85% de las horas que trabajabas antes. La cosa es muy sencilla: la base de cotización por contingencias comunes tras la reducción deberá ser un 85% de la que era antes de la reducción.
ResponderEliminarEn cuanto a la base de cotización por contingencias profesionales, será la misma que la anterior añadiendo el importe completo (sin aplicar la reducción del 15%) en bruto de las horas extras que hayas hecho.
La bases de desempleo, FOGASA y FP son la misma que la de contingencias profesionales.
Mucho ojito con los engaños habituales de la Asesoría Pepe. Los más normales son:
1- Que la base de cotización original sea inferior a la que tendría que ser según las tablas salariales actualizadas del convenio vigente. Es decir, que desde siempre te han pagado menos de lo que te correspondía.
2- La base original es correcta, pero tras la reducción te la reducen más de lo que deben y te lo compensan bajando la retención del IRPF. Cobras el neto que tienes que cobrar pero el bruto es inferior, con lo que la diferencia se la pagarás el año siguiente a Hacienda y cobrarás menos de paro, bajas y cualquier pensión de la SS.
Primero, gracias por la ayuda, muy útil la web.
ResponderEliminarTengo una duda, si se tiene un contrato es de jornada completa pero se realiza una jornada de 35 horas semanales, y se reduce 1 hora por cuidado de hijo, fijando un horario que será de seis horas, ¿como debo plantearse? Porque en la asesoria me dicen que aunque la reducción es de una hora a efectos de salario dicen que son 2 horas menos. Muchas gracias.
Un saludo,
María
Otra de la Asesoría Pepe.
ResponderEliminarLa jornada completa no puede ser mayor de la la máxima permitida por el convenio pero sí inferior, si así se pacto en principio, aunque no esté en el contrato o bien posteriormente se adoptó esta jornada por la la vía de los hechos.
Por tanto, en las escasas ocasiones en las que un trabajador tenga jornada completa inferior a la máxima permitida por el convenio, sobre su jornada real efectiva es sobre la que se calculan las horas que se puede quitar y por supuesto las horas de salario que se quitan son las mismas que las que se quitan de jornada.
En el caso de jornada 35h que se queda en una 30h, el porcentaje de jornada y cotización sería de un 85,71% y ese mismo porcentaje es el que se aplica a los conceptos salariales del convenio.
Si no lo entienden ya se lo explicará el juez en la sentencia que palmarán. Será curioso ver al de la Asesoría Pepe explicar en el juicio por qué ahora trabajas una hora menos pero de salario te quita dos. Va a quedar estupendamente con tu jefe, que es su cliente, demostrando en sede judicial que no tiene ni puta idea de lo que hace ni de lo que habla.
Lo mejor que he hecho en mi vida laboral es demandar a la empresa por no responderme a mi solicitud de jornada reducida (ojo, muy buenas personas ellos, nunca se negaron claramente sólo pasaban de contestar por escrito y mientras amenazando dia si, dia también, por teléfono que es de valientes).
ResponderEliminarSi es cierto que si tienen ocasión hay estan puteando, y aprovechan cualquier fallo para intentar llamarme la intención (digo intentar porque no me callo ni una y cuando me empiezan a echar la charla les suelto cuatro verdades y se les calla enseguida, que encima van a atacar y no tienen argumentos).
Yo les recomiendo a toda las personas que se ven obligadas a elegir entre empresa y familia (porque la empresa les quiere obligar a ello, no por decisión libre del trabajador), que demanden y pongan a este tipo de gentuza en su sitio. Que luego delante de los abogados se bajan las bragas y en muchos casos ceden incluso antes de llegar al juicio, pero sea como sea el horario de la jornada esta redactado en el Juzgado y no como les gustaria a la empresa.
Yo antes de solicitar la reducción leí esta página y me informe muchísimo para ver cual eran mis derechos, pero aunque estan si nos los exigimos no nos dan lo que legalmente nos pertenece, asi que no tener miedo a las represalias de este tipo de empresa, sino pensar en el bien de nuestro hijo y en el tiempo que pasaremos con él.
Enhorabuena por el articulo, muy claro y util. Solo me queda una duda. Si la jornada laboral es diferente a lo largo del año, es decir, en invierno 39h/semana y en verao 35h/semana y el horario que se pretende es de 25h/semana todo el año, ¿se debe especificar que la reducción es un % diferente para cada periodo? Asimismo, entiendo que el sueldo cambia de un periodo a otro. Gracias y un saludo.
ResponderEliminarEl articulo es muy bueno, pero me queda una duda. En un caso de jornada partida durante el invierno y cuatro meses de jornada intensiva, regulado por convenio. ¿Es posible solicitar la reducción de jornada tan solo en el periodo de jornada partida (para trabajar solo de mañana) y en los cuatro meses de verano con jornada intensiva trabajar el 100% de la jornada? En este caso, la reducción solo afectaría a 8 meses del año, mientras que los 4 restantes haría la misma jornada que el resto de compañeros, ¿es posible o la jornada debe ser igual todo el año? Gracias.
ResponderEliminarLas cuentas se hacen de forma anual. Por tanto tú haces un porcentaje de tu jornada anual y ese mismo porcentaje es el que se aplica a tu sueldo anual, de forma que tu sueldo mensual siempre será el mismo.
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarsegún he leido en el Estatuto de los trabajadores, sólo tengo derecho a pedir reduccion de jornada en "HORARIO". Según entiendo yo, puedo elegir mis horas de reduccion (de 9 a 3 por ejemplo), pero si mi jornada habitual es de Lunes a Domingo, pueden exigirme trabajar los dias que a la empresa más le convenga? O puedo también elegir que sólo quiero trabajar de Lunes a Viernes, y que el finde venga otro?
En ese tipo de casos, muy habituales, lo primero que hay que hacer es mirar que se esté aplicando el convenio correcto en la empresa y que en éste se permita el trabajo de lunes a domingo y en qué condiciones se permite (por ejemplo cuántos días libres por semana hay).
ResponderEliminarPosteriormente hay que tener en cuenta que el derecho es a la reducción de jornada y a la concreción de horario. Es decir que siempre se tiene derecho a un horario concreto y fijo incluso aunque en la empresa se trabaje a turnos. Este horario podrá ser de lunes a viernes, de lunes a sábado o de martes a domingo o como sea, pero siempre el que tú decidas y te autorice el juez en la sentencia.
Es decir, que la empresa diga misa. No pueden exigir nada y tú no tienes que decir nada sobre cómo tienen que solucionar sus problemas. Pueden oponerse al horario que propongas y entonces tú demandas y el juez es quien decide. Si no lo autoriza, se pide otro y así hasta el infinito, pero finalmente el horario que se conceda judicialmente será el que tú hayas pedido en la comunicación a la empresa, aunque sea en la comunicación número 7.
Lo que nunca se hace, si el empleado no es gilipollas, es dejar a la empresa que sea quien decida el horario y mucho menos que lo vayan cambiando cada cierto tiempo, porque eso está en contra del objetivo de la ley, que es permitir que tengas un horario fijo para poder ocuparte de la guarda legal.
Hola,
ResponderEliminarEstoy alucinando con todo lo que estoy leyendo ir a trabajar parece una guerra.
Os escribo otra perspectiva de la situación,los derechos de los trabajadores son para TODOS LOS TRABAJADORES, no sólo para los que tienen hijos.Esta muy bien lo de la conciliación familiar, pero los que no tenemos hijos también tenemos familia y queremos trabajar de lunes a viernes y sólo por las mañanas.
Las empresas no se pueden pemitir tener a todo su personal por las mañanas y los que no tenemos hijos
no tenemos porque trabajar siempre de tardes y los festivos.
Con todo esto lo que se está consiguiendo es que este cambiando la demanda laboral, ninguna empresa
quiere contratar mujeres con hijos o en edad fertil. Así que aprovechen las que en su día demandarón y consiguieron su reducción de jornada porque las generaciones que vienen no van a tener
esa oportunidad porque simplemente no se les va a contratar.
Tiene que haber un equilibrio entre la vida familiar y el trabajo.Cuando uno permanece anclado a un trabajo exclusivamente por dinero y no le importa vivir con malos rollos y sin que sus compañeros le dirijan la palabra, es que algo va mal,y perdonar que os diga pero por muchas horas que luego pases con tus hijos, está situación deterira tu calidad de vida.
Gracias por escribir vuestros comentarios y gracias si estas leyendo el mío.
Claro que leemos todos los comentarios. En el tuyo no tienes absolutamente ninguna razón en cargar contra las personas que se reducen la jornada por cuidado de hijos por la sencilla razón de que es falso de que todos los trabajadores tengáis los mismos derechos.
ResponderEliminarLos que tienen hijos pequeños tienen el derecho de reducción de jornada y tú no lo tienes porque ellos tienen unas necesidades que tú no tienes y unas obligaciones (la guarda legal es una obligación según el C.C.) que tú no tienes. Es decir, que ellos tienen derecho a trabajar de mañanas, quitándose las horas de tardes y tú no, así de sencillo y además justo. Igual que cuando tú estás enferma tienes derecho a estar de baja y los que no están enfermos tienen que seguir currando; o cuando tú te casas tienes derecho a 15 días de permiso de matrimonio pero los que se hacen pareja de hecho no lo tienen (en la mayoría de convenios) o cuando tu padre está ingresado tienes derecho a 2 días de permiso (4 si necesitas desplazamiento) y los demás no lo tienen. Podemos seguir hasta el infinito.
Por supuesto, a las madres que se reducen la jornada les importa muy poco estar "sin que sus compañeros les dirijan la palabra" y hacen muy bien. Especialmente ese tipo de "compañeros" que lo que más les jode es que otro empleado tenga los cojones que él no tiene para ejercer sus deerechos. El tipo de compañeros que les dejan de hablar cuando dejan de hacer horas extras gratis pero él las sigue haciendo porque no tiene cojones de enfrentarse a su empresa.
El tiempo que más contribuirá a tu calidad de vida presente y futura será el que dediques a tus hijos, no el que dediques a tu empresa ni mucho menos el que dediques a evitar que cierto tipo de compañeros te sigan hablando.
Si a ti te cambiaran el horario a siempre tardes, por ejemplo, porque una madre se hubiera reducido el horario a siempre mañanas, tendrías el derecho de interponer demanda contra la empresa y dicha madre para que te lo dejaran como estaba. Es decirle, podrías echarle cojones igual que hizo la madre en su día. O podrías dejarla de hablar, ponerla verde y escribir por internet que las madres tienen demasiados derechos. ¿Qué opción cogerías? Parece que está claro.
Hola otra vez,
ResponderEliminarpor supuesto que no tengo cojones tengo dos ovarios y bien puestos.
En ningún caso he cargado contra las madres que tienen hijos, simplemente comento un hecho que me parece injusto.Con mi opinión no he intentado poner verde a nadie ( no busques el aplauso fácil) y menos aquí porque cuando tengo que decir algo a alguien se lo digo a la cara.
Las leyes son las que son y hay que respetarlas pero eso no quiere decir que tengamos que comulgar con lo que dictan. Las opiniones son libres y se puden defender sin vejar a los demás.
Tengo la suerte de no tener envidia de nadie y de no haber tenido que demandar a nadie porque soluciono mis conflictos(que los tengo como todo el mundo)a traves del diálogo, la comunicación y la
negociación.Negociación entendida como "gananos todas las partes" no aplastamiento de una de las partes. Como ves no es cuestión de ovarios es cuestión de sentido común.
Soy una idealista que entiende que haya casos en los que haya que demandar para que se reconozcan tus derechos, pero opino que en estos casos es más
lo que se pierde que lo que se gana. Hay veces que hay que hacer una valoración antes de demandar a nadie, qué gano y qué pierdo y luego apechugar con las consecuencias.
Quiero pedir disculpas a las madres que tengan hijos porque en ningún caso ha sido mi intención ofender a nadie gratuitamente.Pienso que has hecho una interpretación errónea de mis palabras.
Por último eres demasiado radical, te pones demasiado a la defensiva y eso te hace malinterpretar las opiniones de lo demás y verlas sólo desde tu perspectiva.
El blanco y el negro lo vemos todos, lo enriquecedor es ver también los grises que son los que nos hacen tener una vida constructiva y no destructiva.
De todas formas gracias por tu contestación ya que de todo en esta vida se aprende.
Saludos
Natalia(una mujer con los ovarios bien puestos)
En ningún momento te habíamos identificado con ese tipo de "compañeros" sin cojones o sin ovarios en nuestro anterior comentario. Eres tú quien lo ha hecho.
ResponderEliminarEn respuesta al comentario de Natalia:
ResponderEliminar. Ir a trabajar es una guerra cuando la empresa quiere, no porque lo quiera el trabajador. Si los trabajadores tenemos unos derechos y el empresario no los cumple porque simplemente no le da la gana, es cuando el trabajador le demandará porque los necesita, y cuando la empresa iniciara la guerra y el acoso. Según tu comentario cuando alguien va a trabajar con malos rollos anclado por motivos economicos por exigir sus derechos es que algo va mal, tienes toda la razón, LA QUE VA MAL ES LA EMPRESA.
. Como bien dice Laboro, no tiene las mismas necesidades alguien con un niño que alguien que no tenga hijos, y por ese motivo unos tienen unos derechos que otros no tienen. Podria nombrarte mil razones que cualquier padre o madre de familia conoceria, pero cualquiera se las puede imaginar aunque solo conozca al hijo del vecino (enfermedades de la noche al dia, idas y venidas al cole o a la guarde, médicos de urgencia, etc, etc...).
. Con muchas empresas, por desgracia, no se puede llegar al entendimiento porque no quieren ni comunicación ni diálogo, quieren imponer su ley, asi que para eso estan los jueces que son los que tienen la última palabra. Si vas por la via del diálogo con la empresa, el "aplastado" como tú dices es el trabajador el 99.9% de las veces y encima recurriran al acoso psicologico que es todavia peor.
. Yo he demandado a la empresa, y después de obtener lo que por ley me pertenece, voy con la cabeza muy alta, no permito que nadie juegue con mis derechos y la empresa tiene bien claro que como haya irregularidades conmigo voy a ser la primera en denunciarlas. El resto de mis compañeros andan amargados por los pasillos, no piden la reduccion de jornada por no tener malos rollos y acaban cada dos por tres de baja por depresion por vivir la vida que quiere la empresa y no la que ellos desearian. LO DICHO, ENCANTADA DE HABER DENUNCIADO Y LO HARIA MIL VECES SI SE VOLVIERAN A INTENTAR REIR DE MI EN MI CARA.
. Si tienes suerte en tu empresa como parece ser por tus comentarios, pues sigue allí y me alegro sinceramente por ti, pero el resto tendremos que exigir nuestros derechos aunque sea a costa de caras largas (que todo sea dicho me las paso por el forro, yo salgo al mediodia y de mi trabajo nada más se supo hasta el dia siguiente y soy feliz con mi peque viendole reir y crecer con su madre a su lado).
Mucho ánimo a quien este pasando por momentos difíciles por culpa de estos queridos trabajos de mierda.
Sandra
Gracias Laboro, hace poco que comencé mi vida laboral en una agencia pública, quise hacer uso del derecho a reduccion de jornada y no encontraba información veraz (todo se contradecía) incluso los sindicatos, leí la ley y luego a ti y solicité la reducción que me vino concedida inmediatamente. El problema o acoso comenzó cuando se supo que tendría una reducción horaria, no fueron los jefes ni la encargada fueron algunas de mis propias compañeras con comentarios parecidos a los de Natalia y mucho peores:" que si no podía trabajar esas horas que me fuese", "que las que no tenía hijos no sé que". Gracias, gracias y gracias porque la información siempre hace a uno más fuerte y seguro. En este país se vive del que dirán y de le pasó a fulanito esto o a menganito le hicieron lo otro.El resultado de encontrar este blog es que tengo mi reducción, soy muy feliz disfrutando de mis hijos, me siento fuerte y orgullosa de luchar por unos derechos que otros padres necesitarán en el futuro; mi lucha se une a la de otros. Un trabajador que mira por sus derechos está ayudando al resto.Tenemos que espabilarnos o seremos esclavos de la empresa, de la hipoteca, de la moda...Animo a todas las madres y padres porque nuestros hijos son el futuro y nosotros su ejemplo. Natalia no sólo se pide reduccióm por hijos a cargo espero que no te veas en una situación difícil con alguién a tu cargo y tengas que solicitar reducción y por encima cobrar menos.
ResponderEliminarNo he encontrado el articulo 211.5 en la lgss. Ese articulo solo tiene cauatro puntos.
ResponderEliminarEn la página de la seguridad social
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Prestacionesfamilia10967/Prestacionnoeconomi5079/index.htm
dice:
#
Las cotizaciones realizadas durante los dos primeros años del período de reducción de jornada por cuidado de menor de 8 años, en los términos del |art. 37.5 del ET, se computarán incrementadas hasta el 100% de la cuantía que hubiera correspondido si se hubiera mantenido sin dicha reducción la jornada de trabajo. Para el resto de supuestos de reducción de jornada (discapacitados mayores de 8 años o familiares hasta el 2º grado), dicho incremento estará referido exclusivamente al primer año.
Por supuesto que el punto 5 sí que existe y fue introducido por la ley de igualdad del 2007.
ResponderEliminarCon respecto al envío de un BuroFax, que pasa si yo soy la persona que se encarga en la empresa de recoger la correspondencia, los faxes, dar entrada a los documentos, etc...? Yo firmo con mi nombre cuando correos entrega algo en la empresa porque yo estoy en recepcion. Mi duda es saber como hacer llegar la solicitud a mi empresa y tener un comprobante valido de que les ha llegado. Me imagino que mi firma en el comprobante de correos de que mi empresa ha recibido el burofax es un poco fuerte.
ResponderEliminarEn ese caso creemos que el burofax es exactamente igual de válido porque, como tú mismo dices, eres el encargado de recoger el correo. Si no lo fueras, sería imposible que pudieras firmar esa recepción porque las normas de Correos son claras. Si la empresa alegara que tú no eres quien recibe el correo y que firmaste sin estar autorizada a ello, podrías presentar prueba a favor, por ejemplo otros recibís o envíos de cartas certificadas, acuses y burofaxes que lleven tu firma.
ResponderEliminarDe todas formas, si te quedas más tranquilo puedes enviar dos burofaxes: uno a la empresa y otro al administrador de la empresa a la dirección de ésta o incluso a su dirección particular.
Ahora tengo reduccion de joranda de 34 horas por guarda legal y estoy pensando a reducirme la jornada a 26. Mi empresa me dejaria reducir de forma que trabajaria la 26 horas de lunes a jueves. Solo trabajaria 4 dias semanales. Mi empresa esta con problemas y van a presentar un ERE, en caso de despido... ¿Tendria derecho igualemnte cobrar el paro en base a la jornada de 39h semanales de mi contrato?
ResponderEliminarTe contestamos porque aunque sea un caso particular, realmente es un caso general.
ResponderEliminarCuando se está en reducción voluntaria de jornada el contrato original sigue siendo el mismo siempre por muchas veces que se modifique el horario reducido, aumentando o disminuyendo. Por tanto el paro se mantiene siempre.
Por tanto no se aplica una reducción sobre la reducción o, dicho de otra forma, una nueva reducción, sino que se modifica la concreción de horario de la misma reducción que se tiene.
Es decir que sigues siendo empleada a jornada completa y ahora la reducción pasará de ser con horario de 34 a ser con horario de 26.
Todo esto dando por supuesto que la Asesoría Pepe lo haga bien. Si no, se podrá reclamar a la SS siempre que se tenga firmada esa reducción en un documento adecuado.
El articulo es fantastico, pero me quedan algunas dudas cuando decis que es el trabajador el que se puede poner el horario que quiera. Incluso decis que si tu horario es de Lunes a Sabado puedes no trabajar el Sabado. Realmente es esto cierto? Me explico si alguien se quiere reducir 8 horas podria pedir no trabajar un dia, o eso habria que negociarlo con la empresa? Es cierto que en cinco dias se tiene que celebrar el juicio en el caso de que no haya acuerdo? Y, que pasa si la empresa no quiere darte registro de entrada a tu peticion, como lo denuncias? Cuando se va a juicio los jueces miran las razones de la reduccion o simplemente sentencian a su libre albedrio? Perdonad que sean muchas preguntas y a lo mejor lo tratais como consulta pero me surgen esas dudas.
ResponderEliminarGracias por trabajar para los trabajadores!
Obviamente no vamos a repetir lo ya dicho.
ResponderEliminarSólo en la última pregunta, sobre los jueces. Al final por supuesto hacen lo que les da la gana. En general, sólo si la empresa puede demostrar (no sólo alegar) que el horario propuesto les perjudica, entonces el empleado tendrá que demostrar por qué el horario nuevo es el que necesita especialmente.
este articulo esta muy bien, pero falta una cosa si la empresa te da la reduccion y llevas un tiempo superior a dos años renovando anualmente mediante una carta y te diagnostican una enfermedad grave y tienes que coger una baja por enfermedad comun justo un mes despues de renovar la reduccion , digamos que estas a 30 horas y cobrarias un salario estando de baja por 30 horas, y la carta vence al año, puedes subir a 40 horas aunque estes de baja?
ResponderEliminarEfectivamente, nadie puede impedir al trabajador que renuncie a su reducción mientras que está de baja. Pero hay que tener en cuenta que pierdes la protección contra despido improcedente.
ResponderEliminarAún mejor es que una mujer renuncie a su reducción cuando esté embarazada de un nuevo hijo. De esta forma cobra el 100% de nuevo y sigue protegida por su embarazo y hasta que el nuevo hijo cumpla 9 meses.
Son "truquitos" a favor de los empleados. Utilizarlos os debe dar la misma vergüenza que la que les da a las empresas y asesorías usar otros trucos a favor suyo.
Hace poco ha salido la sentencia del caso de Nelida Pisco, que muchos estábamos siguiendo. Esta trabajadora redujo su jornada poniéndose un horario fijo, fue despedida, demandó y el juez ha anulado su despido, con lo que la empresa deberá readmitirla obligatoriamente en su antiguo puesto con el horario que ella misma decidió y pagándole y cotizando todos los salarios que dejó de percibir desde el despido (febrero 2010) hasta la readmisión (septiembre 2010).
ResponderEliminarPor tanto Nelida, echándole un par de ovarios, no sólo ha conseguido el horario que quería, sino que además ha estado 7 meses de "vacaciones" pagadas con su bebé, a las que ahora podrá sumar su mes normal de vacaciones del 2010. En adelante, con estos antecedentes, la empresa tendrá prácticamente imposible despedirla.
Queremos poner el caso de Nelida como ejemplo de que enfrentándose a la empresa se consigue muchísimo más que tragando. Por si alguien aún lo duda, tragar no vale para nada más que para seguir tragando y para ser el primero al que acosen e incluso al que despidan, porque las empresas se aprovechan del que se deja, no del que no se deja, que les puede salir carísimo.
SENCILLAMENTE GENIAL. TU ARTICULO DEBERIA ESTAR EN EL TABLON DE ANUNCIOS DE TODAS LAS EMPRESAS Y TAMBIEN EN LOS SINDICATOS, ya que lamentablemente quienes mas informados deberian estar a veces no lo estan.
ResponderEliminarEn mi empresa trabajamos a turnos ,cubriendo las 24 horas , y desde que solicite la reduccion de jornada, he sentido el desprecio y el mal rollo de mis compañeros, perdón, de mis compañerAs, las cuales ninguna tiene hijos, bueno una de ellas tiene un perro, y fue esta persona la que solto un el siguiente comentario "que si unos tienen hijos ella tambien tenia un perro del que cuidar" , sin comentarios.
Pero a peasr de todo, del gran vacio que me han hecho, sobre todo las chicas( lamentablemente), HA VALIDO LA PENA. He ganado en calidad de vida, puedo dedicarle mas tiempo a mi hija y puedo hacer planes con ella, cosa que con diferentes turnos a la semana me seria imposible, ademas estaria mas cansada y estresada, y tambien frustrada al no poder atender a mi hija,
no, NO me llevo el mal rollo del trabajo a casa, al contrario , lo FELIZ que me hace poder disfrutar de mi hija es lo que me hace ir a trabajar con una sonrisa todos los dias.
Y solo un ultimo comentario, antes de tener hijos por supuesto que me gustaba mas trabajar de mañana, pero tambien me gustaba trabajar por la tarde y no tener que madrugar.
Si tuviese que trabajar ahora en turnos de tarde( de 15:00 a 23:00) , me supondria que esos dias no veria a mi hija de 4 años( una vez estuve 5 dias sin verla porque me pusieron los 5 dias el turno de 15:00 a 23:00).
injusticias las que hace el trabajador si no puede trabajar que se quede en su casa, siempre fastidiando al empresario que es el que te da de comer
ResponderEliminarSi a un empresariete no le gusta la legislación laboral y civil tiene la opción sencilla de no contratar a nadie y hacer él todo el trabajo o montarse la empresa en China.
ResponderEliminarAdemás no son los empresarios los que dan de comer a los trabajadores. El trabajador come de parte del fruto de su trabajo. Otra parte se la queda el empresario, por lo que realmente son los trabajadores los que dan de comer a los empresarios. Incluso en muchos casos también les pagan sus coches lujosos a nombre de la empresa para quitarse el IVA, sus viviendas a nombre de la empresa para desgravarse los intereses de la hipoteca, su luz, agua y gas a nombre de la empresa para desgravárselas también, sus comidas pagadas con tarjeta de la empresa para desgravárselas...
Me parece impresionante como se aborda la reducción de jornada como una herramienta para trabajar menos, cobrar proporcionalmente más, defenderte de posibles despidos (por una probable incompetencia, etc.).
ResponderEliminarLos españoles tenemos esta mentalidad permanentemente que es lo que hace que sea imposible avanzar en ningún sentido. No hay más quever los niveles de entendimiento a nivel político, sindical, social...
En fin, seguiremos mareando la perdíz permitiendo que este tipo de herramientas se utilicen para fines muy distintos que para los que fueron concebidos.
Las personas involucradas en la negociación colectiva deberían ponerse en la piel de las miles de pymes exitentes en este país a las que, estas medidas mal aplicadas, suponen, en muchos casos, costes que no pueden asumir. No todas las empresas en España son multinacionales, facturan miles de millones y tienen miles de empleados...
¿Estás hablando de esas mismas Pymes que cuando pueden no hacen factura para no pagar IVA ni IRPF? ¿De esas mismas en las que los trabajadores hacen horas extras sin cobrarlas? ¿De esas donde te ponen categoría y sueldo de dependiente aunque seas el jefe de tienda?
ResponderEliminarCuando un trabajador se reduce el sueldo (no olvidemos esto) a cambio de protección contra el despido por algo es y después de todo está haciendo lo que la ley le permite, no como hacen las empresas con todo lo enumerado en el párrafo anterior, que es contra legislación.
Laboro, podrías explicar como afecta la m... de reforma laboral a las personas que estamos con reducción. Por ejemplo, si hay un ERE porque la empresa "prevea" pérdidas supongo que seremos de los primeros en esa lista, pero también se nos puede despedir por absentismo justificado (baja médica)? He leido todos tus artículos pero lo del absentismo no lo veo.
ResponderEliminarMuchas gracias.
A proposito de los empresarios. y lo jefecillos que lo unico que hacen es putear al de abajo , hablar por el movil(pagado por la empresa claro) el coche y combustible idem de idemy todo esto cargado a las espaldas del mas vulnerable .Son lo pelotas de turno lameculos y un sinfin de cosas mas Pero claro todo lo que hacen ¡mandado por el empresario de turno!
ResponderEliminarPara Sandra:
ResponderEliminarLa reforma no ha supuesto ningún cambio en la reducción voluntaria de jornada ni en la protección contra despido de la misma.
Te pueden meter en un ERE exactamente igual ahora que antes, pero tú puedes demandar contra ello exactamente igual ahora que antes y la empresa lo tendrá muy crudo porque es totalmente contradictorio que se haga un ERE por pérdidas y se metan en él a las personas en reducción, que tienen salarios inferiores y cotizaciones inferiores. Por mucho menos han tirado EREs para atrás. En cuanto la autoridad laboral ve que en los que van en el ERE hay un colectivo claro (por ejemplo los afiliados a un sindicato, los que se presentaron a las elecciones, las mujeres, los que tienen reducción...) no lo aprueban. Es decir, una cosa es que el ERE tangas causas económicas válidas y otra cosa es que haya violación clara de derechos en la elección del personal que va en el ERE.
Es decir un ERE siempre puede existir, pero tendrán muchas más posibilidades de salvarse de él quienes estén en reducción voluntaria que los que no estén. Como las empresas lo que quieren es seguridad jurídica, es decir no meterse en un juicio de meses y acaben perdiendo y teniendo que volver a empezar, no son tan tontas de meter a personal protegido (mujeres embarazadas, delegados de personal, personas con reducción) dentro del ERE, sobre todo si es un ERE con causas económicas claras. Es decir que por la forma no se arriesgan a perder el fondo.
En cuanto a lo del absentismo, la reducción voluntaria no es absentismo de ninguna forma. No tiene nada que ver. Tú sigues yendo a trabajar pero en otro horario y distribuido de otra forma si es el caso. Se están diciendo muchas tonterías sobre la reforma en muchas webs que no tienen ni idea de lo que hablan.
Lo primero, enhorabuena por el artículo. Es muy completo.
ResponderEliminarSoy padre y con la idea de poder atender a mi hija por las tardes, quería solicitar una reducción de jornada de una hora diaria para pasar a 35 horas semanales frente a las 40 actuales.
Trabajo en una pequeña consultora informática que no dispone de departamento de recursos humanos. Desde el primer día que entré en la empresa, he estado trabajando en las oficinas del cliente (incluso el contrato lo firme en las oficinas del cliente).
Aunque en el contrato figura el nombre de la administradora y la sede social, he oido a algún compañero comentar que habían cambiado de oficina. Ante la posibilidad de que envíe el burofax a una dirección que ya no es correcta, a efectos de notificación ¿sería también válido enviar la solicitud por correo electrónico a los responsables y a la administradora? Mi idea sería enviar ambos, el burofax y el email.
Otra duda que tengo es ¿qué ocurre con los cheques para comida cuando están registrados en el contrato como beneficios sociales y se reduce la jornada a 7 horas? ¿Se pierde el derecho a los tickets? ¿Se reduce el importe de los mismos? ¿Se reducen los tiempos para comer por ser una jornada de 7 horas?
Muchas gracias de antemano.
La única notificación fehaciente es el burofax. En el registro mercantil puedes pedir información sobre su dirección oficial y allí puedes mandarlo. Si no es su dirección real no es tu problema, porque tendrían que haberlo modificado en el registro, por tanto la notificación ha sido hecha igualmente incluso aunque no lo recogieran. Por supuesto, si aparte quieres mandar un email no hay problema alguno.
ResponderEliminarLo que tengas en el contrato, sea cheque, comida, comisiones, coche de empresa o lo que sea por supuesto no se modifica porque te reduzcas la jornada ni menos aún se pierde el derecho.
El horario de comida después de todo lo decides tú porque el derecho a concreción de horario es tuyo dentro de la jornada ordinaria.
felicitaciones por vuestra labor(SOYS LOS MEJORES)mi marido y yo trabajamos en la misma empresa mas de 9 años,tenemos un menor de 8 años,en mi empresa se trabaja a 3 turnos,es decir esta abierta las 24 horas los 365 dias del año,asi q para poder atender al niño,pues el hace un turno y yo otro, cosa q provoca (no conciliar la vida laboral con la familiar)por eso el mes de mayo pedi reduccion de jornada y me la negaron,(PUNTUANDO)q ya habia otra persona en reduccion y q estaba fuera de mi jornada ordinaria,los turnos son asi 7 a15,de15a23 y de 23a7 y yo he pedido de 9 a 15 de lunes a viernes ya q en mi empresa se trabajan 3 fines de semana de 4 asi q es mas complicado para nosotros la conciliacion,bueno pues el mes proximo tengo el juicio y confio en q lo ganare y si asi fuese os avisare y os dare los datos de mi sentencia para q la publiqueis y asi poder ayudar a otras muchas mamas y papas a decidirse a luchar por sus derechos.muchas gracias por estar ahy y espero ganar el juicio,aunque me imagino q la sentencia tardara.
ResponderEliminarMuy buen artículo y muy completo, aunque me queda alguna duda. En el artículo pone que las vacaciones las cobras según el porcentaje de la reducción de jornada, pero si las vacaciones de ese año las has generado haciendo jornada completa, no deberían hacer una proporción?
ResponderEliminarGracias!
Joer... ya era hora de que alguien hiciera esa pregunta. Enhorabuena, debes ser de los poquísimos que sí que se han leído entero el artículo con toda atención.
ResponderEliminarTienes toda la razón. Supongamos que inicias la jornada reducida en un 12,5% el 1 de julio. En ese caso habrías estado la mitad del año a jornada completa, por lo que la mitad de los días de vacaciones tendrían que pagártelos a jornada completa y la otra con la reducción.
Si la empresa no quisiera pagarlas de esta forma simplemente se les pone una reclamación de cantidad y se gana.
yo tambien exclamare joer pero esque laboro yo recuerdo cuando empece ha seguiros no habia 174 comentarios por un articulo, jejeje si es que termino acostandome a las tantas lellendo buestros articulos de gran interes tambien es cierto que llegara el dia que seran 1740 comentarios si esque me parece que sufro laboromania jajajajaj un saludo ha todos y muchas muchas gracias laboro haceis que porlomenos lo que ha mi respecta me sienta seguro en el trabajo.
ResponderEliminarhola de nuevo laboro,quisiera aclarar a los usuarios de este blog q aunq en vuestro articulo afirmais q un juicio sobre reduccion de jornada se celebra en 5 dias ,normalmente no es asi,pues en mi caso en particular llevo esperaNDO 4 meses y hasta el proximo mes no se celabrara,quiero aclarar q este comentario no es como critica hacia vosotros ,ni mucho menos pues ya se sabe q hay mucho colapso en los juzgados,(NORMAL,HAY TANTO EMPRESARIO GAÑAN)solo pretendo advetir a los usuarios y desde aqui decirles q demanden ,tarde el juicio lo q tarde lo importante es imponer nuestros derecho,ya esta bien de tanto(SI GUANA)ademas desde q se interpone la demanda hasta la sentencia estais protegidos del despido y si ganais hasta q vuestros hijos cumplan 8 años.y ahora una duda q tengo laboro,¿cuanto mas o menos tarda en dictar sentencia un juez?si te es posible responderme,espero tu respuesta,MIL GRACIAS.
ResponderEliminarEn el artículo no se dice que el juicio se celebre en 5 días, sino que debe celebrarse en 5 días según la LPL. Esto depende mucho de la provincia e incluso del juzgado. Por la misma razón es imposible saber cuándo se dicta sentencia, pero normalmente debe ser inmediata. Otra cosa es que se retrase la notificación. No existe el "más o menos".
ResponderEliminarquiero dar las gracias ha un chico que vino ha micasa ha reparar por compañia de seguros e informarme de esta web es verdaderamente lo mejor de lo mejor esto si me despeja muchas dudas gracias laboro.
ResponderEliminarya teneis una mas en tu pagina.
En primer lugar,mil gracias por tu respuesta,en segundo lugar,DISCULPA ,por mi confusion de vuestra informacion y por utilizar el mas o menos pues es una expresion un tanto bulgar para los grandes expertos q soys y por ultimo tu respuesta me ha creado otra duda la cual espero q si te es posible me la resuelvas.en caso de q la sentencia sea a favor del trabajador,¿cuando tiene q llevarla acabo la empresa,inmediatamente de ser dictada o al recibir la notificacion?mil gracias.
ResponderEliminarEl 25 de Junio puse la demanda a la empresa y el juicio es para el 15 de Septiembre, teniendo en cuenta que Agosto no cuenta, no me ha tardado mucho en salir, y eso que es en Madrid y me han dado juzgado habitual, no de refuerzo.
ResponderEliminarYa os contaré como me ha ido, que lo mio es para echar " bota y merienda".
No hace falta ser los "grandes expertos que somos" para darse cuenta de que la sentencia es ejecutable tras comunicarla. Es decir que el mismo día que se la comuniquen te tienen que aplicar el nuevo horario. Si se niegan te da lo mismo, tú haces ese horario porque estás autorizada para ello por la sentencia.
ResponderEliminarBuenas, excelente blog y excelente artículo. Me acaban de notificar una suspensión de empleo y sueldo por tres faltas: indisciplina, incumplimiento de horario y desobediencia a las normas de la empresa (me obligan a fichar y no ficho). Os pido que no hagáis juicios de valor porque os tendría que contar demasiadas cosas y no tengo espacio ni tiempo. ¿Si pido la reducción de jornada por guarda legal (tengo hijos menores y cumplo los requisitos) quedo protegido con respecto a nuevas sanciones si a partir de ahora mi comportamiento es impecable?) Gracias y saludos.
ResponderEliminarEn principio la reducción no proporciona ninguna protección contra una sanción, a no ser que esta sea un despido improcedente, pero en un juicio por recurso contra la sanción, esta reducción puede ser utilizada fácilmente por el trabajador: "niego todos los hechos que se me imputan y mire usted qué casualidad que me han sancionado después de reducirme la jornada contra la voluntad de la empresa."
ResponderEliminarCuando se recurre contra una sanción es la empresa la que tiene que demostrar que los hechos indicados en ella son ciertos, tienen la gravedad que ellos mismos le imputan y que el nº de días de sanción es proporcional a dicha gravedad. Si el comportamiento ha sido "impecable" la empresa no podrá demostrar nada de esto, e incluso aunque fueran hechos ciertos tampoco podrían probar nada en la gran mayoría de ocasiones.
Cabe recordar que los testigos a favor de la empresa que sean empleados de la empresa no tienen ninguna credibilidad delante de un juez. Si fuera de otra forma a cualquiera podrían sancionarle cuando quisieran o incluso despedirle gratis y todos sabéis que eso no es posible.
Buenos días:
ResponderEliminarPrimero de todo, felicitaros por el soporte que ofrecéis a los trabajadores a la hora de interpretar la Ley y nuestros derechos.
Personalmente, el próximo lunes me reincorporo al "tajo" después de haber disfrutado un mes sabático entre permiso de paternidad y vacaciones.
Mi intención es la de solicitar jornada continua de 7 a 15 y de este modo poder solapar las horas de colegio de mi hija mayor (5 años), así como las prácticas que debe realizar mi mujer para finalizar una enseñanza Oficial.
Mi contrato no dice nada en lo referente a horarios, aunque,..., si bien es cierto estaba realizando jornada partida (mañana y tarde).
En el caso de que me lo rechacen, (el cambio de horario), solicitaré reducción de jornada, para "blindar" mi puesto y si continúan denegando,..., entonces denunciaré.
Existe un caso en mi empresa en que la persona en cuestión, (madre con hijo menor de 8 años), está realizando su trabajo desde casa; (teletrabajo). ¿Esto podría servirme como escusa o argumento para poder solicitar algo similar?
No sé y no encuentro en vuestro texto, si situaciones similares pueden crear precedentes en la empresa. (Algo así como ocurre con la jurisprudencia).
Al igual que todas las personas que visitan esta web, necesitamos "algo" a lo que agarrarnos para no interferir, dañar o complicar más nuestra vida familiar; "aunque sean los huevos del empresario,..."
Gracias de antemano por vuestro soporte.
Me ha parecido interesantísimo el artículo, es más hay cosas que te dice la empresa que se contradicen claramente con el Estatuto de los Trabajadores. Tengo una pregunta haber si alguien puede contestarme:
ResponderEliminarSi hay un trabajador con jornada reducida por cuidado de un menor y otro trabajador también se vé obligado a hacerla (con otro menor diferente) ¿la empresa tiene derecho a negociar contigo el horario o se tienen que buscar ellos la vida?. Lo digo por la coincidencia de los dos trabajadores con horario parecido.
Y que pasa con lo de la protección ante el despido. mis compañeras de trabajo tienen jornada reducida, yo no....Si en el futuro la enpresa tiene que despedir a una persona, ¿me van a despedir primero a mi? Si es asi esta parte me parece injusta...en caso de despido igualdad de condiciones para todos, no?
ResponderEliminarLa verdad es que lo más probable es que te despidieran a ti, por no decir seguro, porque pagándote el despido improcedente tienen la seguridad jurídica de que no podrías ganar ninguna demanda por despidos. En cambio con ellas tienen la seguridad de todo lo contrario, es decir de perder la demanda y comerse una readmisión con salarios de tramitación.
ResponderEliminarPero al contrario de lo que opinas, sí que es justo y no tiene que haber en absoluto igualdad ante los despidos porque las situaciones no son las mismas y ellas tienen la necesidad y obligación de la guarda legal. Por ejemplo, si tú ganas menos dinero pagas menos impuestos y incluso si ganas muy poco y de un único pagador no tienes ni que presentar la declaración de la renta. Según tu teoría esto sería injusto. Si usas lo mismo los bienes y servicios públicos ¿por qué no vas a pagar lo mismo?
Si quieres escudo antidespido... preséntate a las elecciones sindicales. Claro que eso a lo mejor no le gusta a tu empresa... igual que tampoco les habrá gustado que las otras se reduzcan la jornada.
Pues me sigue pareciendo totalmente injusto...creo que eso es discriminaciónn positiva. Si yo realizo mi trabajo igual o me atreveria a decir que mejor que mis compañeras, por que la empresa,si se ve en la obligación de elegir no puede escoger y echar a las que menos rinden? Porque al final la que se come todos los marrones y urgencias soy yo, ya que los superiores saben que ellas no estan por las tardes y ante una urgencia en sus proyectos ellas no estan para resolverlas...y no es discriminación hacia ellas, es una realidad y una necesidad. y en cuanto a lo de lo impuestos, permite que me carcajee!! No se si sabras que a ellas por el echo de tener cargas practicamente no les retienen nada en la nomina, en concreto a una de ellas nada, y a la Hora de declarar a Hacienda 3/4 de lo mismo, a mi me sangran ya que no tengo hipotecas ni hijos. Me sigue pareciendo una discriminación positiva BESTIAL!!
ResponderEliminarPues me parece totalmente injusto, o sea, que si un trabajador con jornada normal es mas valido y mas competente que otro con jornada reducida, sus meritos profesionales no cuentan y se va a la calle el de la jornada completa..
ResponderEliminarQuisera pronto tener un hijo y lo voy posponiendo por el temor a quedar despedida. pero ahora que estoy tan bién INFORMADA me siento más libre en mis decisiones. Muchas gracias por ayudarnos y ampliar nuestros conocimientos. Es una web FABULOSA.
ResponderEliminarA todas y todos los que les parece injusto que no despidan a las de reducción o que poco les retienen... Tened hijos y estareis en la misma situación y así os podeis comparar, una persona que no tiene hijos no puede atenerse a la misma ley, una persona que no está enferma no puede estar de baja....Parecemos niños pequeños.
ResponderEliminarhola¡ en un mes me reincorporo a jornada completa pero desde luego si hubiera tenido toda la informacion que acabo de leer ( joder nadie te dice nada) no me pillan con los pantalones bajados. dentro de 6 meses cierran mi lugar de trabajo por politiqueo y todas o casi todas hemos pedido la jornada completa por miedo ... y ahora nos van a dar por culo a todas JODER
ResponderEliminarPara Marta.
ResponderEliminarPerdona, pero lo de tener hijos es una situación personal a la que nadie te obliga, digo yo no?
Otra persona alo mejor no tiene hijos paro tiene otros problemas personales. Estan muy bien las leyes a favor de la maternidad pero a veces parece que los que no tenemos hijos no tenemos derechos.
Yo tengo una compañera con jornada reducida, y claro ya esta acomodada( tipo funcionario)..como sabe que tiene el puesto asegurado, pues que trabaje yo...que encaso de despido soy la que me voy a la calle, currandomelo mas que ella...y encima tengo que aguantar sus quejas.
Mucha igualdad, pero luego a chupar del frasco. yo soy una mujer, que conste..pero soltera y sin hijos, asi que sin derechos frente a las "resignadas" mamas. IGUALDAD DE CONDICIONES ANTE DESPIDOS. NO A LA DISCRIMINACION POSITIVA.
Por favor alguien podia decime si se sabe algo de la ampliacion de reduccion ahsta los 12 años.
ResponderEliminarme queda menos de un año para empezar con mi jornada laboral normal y ahora aun me necesitan mis hijos en casa, y tal y como esta todo cada vez mas.
Por favor alguien puede decirme algo.
Gracias
A la "compañera" de trabajo que no tiene hijos y pide la igualdad de condiciones:
ResponderEliminarEsperamos que solidariamente pidas a tus padres que devuelvan todas las mejoras y ayudas que hayan podido cobrar o dejar de pagar por haber tenido una hija tan maja como tú. Como mínimo con toda seguridad han pagado menos IRPF durante un montón de años.
Esperamos que tú personalmente devuelvas todo el dinero que hayas podido recibir o dejar de pagar por carnet joven, becas, transporte público reducido para jóvenes, enseñanza gratuita hasta acabar el bachillerato, sanidad gratuita y sin cotizar un euro.
A ver por qué los compañeros de tu padre que no han tenido hijos les han descontado el mismo dinero de SS que a tu padre que sí que los tenía y se han beneficiado de ella. IGUALDAD DE CONDICIONES ANTE LA COTIZACIÓN.
¿Ves lo maja que eres?
La "compañera" que no tiene hijos.
ResponderEliminarEso laboro es demagogia, lo primero que yo no me he quejado de las reduciones en la cotizacion y demas ventajas fiscales, es mas me parece fenomenal. de lo que yo me quejo unica y exclusivamente es de la protección ante el despido. Tu que tan justo eres porque si mi compañera de trabajo, se escaquea, hace las cosas de mala gana y protestando, etc...y el dia que tengan que echar a alguien tengo que ser yo que estoy currando todas las horas que marca mi contrato, tengo ganas de trabajar y me gusta mi trabajo, etc...
Tanto que dices mira un poco los comentarios y veras como hay gente que utiliza este contrato no para su fin real que es cuidar a los hijos sino como medio para blindar un contrato cuando las cosas se ponen feas, ¿eso te parece justo? Llegará un momento en que solo trabajen las personas con hijos y jornada reducida. Daigual tu curriculum, tu trayectoria profesional en la empresa, tus ganas de trabajar, etc, ¿Eso te parece justo?
Claro que en mi vida me he beneficiado de diferenrentes ayudas, si, pero nunca en prejuicio de los demas...Es que no se que tiene que ver lo que yo dije antes con tu contestación.
No te repitas por favor. Que está muy claro, que sólo te parece mal la discriminación positiva en cuanto al despido... porque tú no te beneficias de ella. El resto de cosas que proporciona el llamado "estado del bienestar", entre las que está la reducción de jornada y su protección contra despido, ya no te parecen mal.
ResponderEliminarY tienes una compañera que hace las cosas de mala gana y protestando... por supuesto, porque puede hacerlo si le apetece. No tiene ninguna obligación laboral de hacerlas contenta y dando las gracias.
Como ya ha quedado clara tu postura, más de lo que quisieras, damos por clausurado este diálogo de besugos.
Muchas gracias , ahora si se con certeza el derecho que tengo para tener reduccion de jornada para cuidar de mi hijo. el primer paso despues de solicitarlo a mi empresa ha sido negativo,rotundamente no se puede al ser una empresa a turnos rotativos .pero ahora se que no es asi. asi pues os contare como me va pues no pienso perder mi derecho. un saludo
ResponderEliminarBuenos días, Laboro. A ver si pudieras tú responderme a esta pregunta. La verdad es que ando liada con sindicatos, gestoría y la propia Seguridad Social en este aspecto.
ResponderEliminarMi pregunta en cuestión es sobre la reducción de jornada por guarda legal de un menor y el cambio en el tipo de contrato.
Hace un mes entregué una solicitud de reducción de jornada por tener a mi cargo a mi hija, de un año, entregando copia del libro de familia también.
Este tema estaba hablado con la empresa y ellos estaban de acuerdo (al menos en principio) con esta reducción, no me pusieron problemas, quiero decir.
El viernes pasado recibo una carta de la Seguridad Social en la que me notifican altas y bajas. De esta manera veo que inicialmente yo tenía un contrato indefinido a jornada completa (subvencionado, el 150) y que éste contrato ha causado baja hace un mes y causa alta un nuevo contrato (el 200, a tiempo parcial), con un coeficiente de tiempo parcial trabajado de un 50% (la reducción que yo quería hacer en principio).
En la gestoría de mi empresa dicen que es así, pero los veo algo nerviosos, la verdad, al explicarse.
En mi sindicato me informan que no está bien ese cambio de contrato, que lo averigüe con el abogado cuanto antes. Ellos me dicen que no es necesario el cambio de contrato en la Seguridad Social para este tipo de reducción.
En la Seguridad Social, donde primero llamé para saber sobre este cambio, me dicen que no se puede hacer una reducción con un contrato 100 ó 150, que hay que pasar al 200 y hacer la reducción. Les insisto en que no es una reducción voluntaria normal, sino por guarda legal de un menor, y ellos insisten en que sí es así. Les pregunto si se supone que los dos primeros años me respetan la cotización al 100% por qué aparece en el informe que tengo que llevo 9 días cotizados en el tiempo en que se ha producido esta reducción si se supone que me respetan el total, que serían 18 días en este ejemplo, no 9? y me contestan que por que la empresa está pagando por el 50%.
Como comprenderás, con esta cantidad de respuestas, no tengo en claro nada. No sé si es o no correcto este cambio de contrato que aparece en el informe que me envía la Seguridad Social. Bueno, lo que realmente no sé, no entiendo, es si es necesario ese cambio de contrato o no. Porque esa es otra, yo no he firmado ningún contrato nuevo, no entiendo cómo estoy dada de alta en media jornada en la SS sin haber firmado ésto.
Gracias, la verdad es que me urge la respuesta. Gracias.
Es como dicen en tu sindicato. No hay cambio de contrato. También está en el artículo. Lo más importante es que tengáis siempre un documento firmado por la empresa en la que aceptan la reducción. Eso va a misa y tiene prioridad sobre lo que figure en la SS.
ResponderEliminarPor cierto, que cuanto auxiliar administrativo en la SS que no tiene ni putísima idea de lo que habla.
hola¡ tengo dos hijos de 6 y 3 años y con los dos he cogido una reduccion de jornada y con los dos mi empresa me ha tomado el pelo visto lo visto en vuestro articulo 1º negandome la eleccion de horario, 2º acortandome las vacaciones ( solo disfrute 8 dias con el mayor y con el segundo 10) pues al trabajar menos pues me correspondian m enos segun ellos claro¡ hace poco solicite la jornada completa pero..¿puedo volver a solicitar la reducida ( en caso de no compatibilizarme bien con los niños) y que pasaria si a malas y dado que tengo mis derechos y esta ley me ampara YO elijo el horario que necesito?
ResponderEliminarJoder, sorprendido gratamente de ver que alguien dice las cosas tal cual...siempre lo he creido, no hay mayor enemigo para un trabajador que otro trabajador con falta de valor por no decir otra cosa, para defender sus intereses ante los "pobrecitos" de los empresarios.
ResponderEliminarUn saludito Laboro.
Buenos días. ¿Podrían despedir a una trabajadora durante las vacaciones que ha solicitado la reducción de jornada si antes de incorporarse con jornada reducida disfruta de algunos días de vacaciones después disfrutar de la lactancia acumulada?
ResponderEliminarLa protección entra en funcionamiento sólo con solicitar o comunicar la intención de reducirse la jornada. No hace falta que se haya iniciado.
ResponderEliminarHola Laboro.
ResponderEliminarTrabajo en unos grandes almacenes, con el horario rotativo de 8-15 y de 15-22, Sábados incluídos y los domingos festivos que abren al año, unos 9.
Según explicas al reducir jornada (como mínimo 1/8) puedo incluso elegir el horario sin trabajar los Sábados, Domingos festivos e incluso el día del inventario. A mí me toca ser padre en Abril y no estoy del todo seguro que vayan a permitir que escoja mi horario : de Lunes a Viernes de 8 a 15. En un tipo de trabajo como es Grandes Almacenes ¿es igual de factible este horario para la empresa o por el contrario "ya se apañaran a la hora de hacer sus horarios". Muchas gracias y cuento contigo para en Abril preparar el escrito. Saludos.
Dentro del comercio, quitarse los sábados supone un perjuicio extra para la empresa por ser el día de mayor venta, como ha sido admitido en numerosas ocasiones en las sentencias. Eso quiere decir que tendrías que demostrar una "necesidad extra" de quitarte el sábado, por ejemplo porque tu pareja trabaje los sábados. En ese caso hay empate y prevalece el interés del menor.
ResponderEliminarEn cambio en otro tipo de empresas o sectores no hay perjuicio extra para la empresa, porque los tribunales también han admitido que el hecho de tener que "apañar" los horarios o que otros empleados tengan que trabajar más sábados no supone perjuicio alguno para la empresa.
Hola,
ResponderEliminarPor si sirve a alguien de ayuda, trabajo en el comercio y tuve que demandar a mi empresa porque se negaba a darme los fines de semana libres, días que trabaja mi pareja. Finalmente antes de llegar a juicio se echaron para atrás y llegamos al acuerdo de que los fines de semana los libraba, eso si, antes de eso, amenazas y malas palabras continuamente.
Mi conclusion personal, si necesitas los fines de semana libre por necesidad llega hasta al final, porque la empresa no te va a solucionar nada cuando llegado el caso no tengas donde dejar al niño. Para solucionar este tipo de salvedades, estan los contratos temporales a tiempo parcial que cubren con lo que yo me quito de sueldo a compañeros de apoyo para que cubran los dias de más demanda.
Aun asi en el caso de mi empresa estan bajo mínimos, tienen al personal justisimo y se niegan a contratar a más, aunque los clientes se te quejen continuamente y monten unos pollos que para que contar. Y no me refiero a los fines de semana me refiero a todos los dias.
Un saludo.
Que pasa que la gente que no somos padres no tenemos familia ni vida???????????
ResponderEliminarEn primer lugar felicidades por ser como sois y brindarnos la oportunidad de informarnos de nuestros derechos; yo quisiera preguntar sobre la reduccion de jornada por tener hijos menores de 8 años, si el trabajador elige el horario de reduccion y la empresa esta de acuerdo y asi lo firma mediante un documento, y luego la empresa por que le inerese por cualquier circunstancia nos dice que tenemos que ir mas horas a trabajar o siendo el mismo numero de horas nos las quisiera cambiar, ¿se podria negar el trabajador y seguir entrando a trabajar en el horario pactado en la firma de la reduccion?. Un coordial saludo
ResponderEliminarEl horario en reducción no es pactado sino que es concretado por el trabajador porque tiene ese derecho. Por tanto no tiene que ejercer su horario habitual fuera de él en ningún caso.
ResponderEliminarHola Laboro,
ResponderEliminartu artículo muy completo y claro.
Ayer terminaba mi baja de maternidad y empezaba mi mes de vacaciones, hoy he ido a hablar con mi jefe de buenas maneras a comentarle que iba a solicitar la reducción de jornada... bueno, bueno, hemos acabado formando la segunda guerra mundial.
No quiere que haga jornada continua de 8 a 3 porque dice que las oficinas se abren a las 9 (pero la empresa esta abierta desde las siete de la mañana), no quiere porque dice que el resto de compañeros protestará y así un largo etc. Ha amenazado con despedirme, con cambiarme de puesto de trabajo (aquí yo le he dicho que vale pero que el sueldo no me lo puede tocar) y un largo etc.
Jamás lo había pasado tan mal en la empresa. Incluso le he propuesto hacer de 8 a 3 y trabajar dos tardes a la semana sin hacer reducción de jornada y nada...
Me parece que le tendré que mandar el escrito y luego ir a juicio. Pero no sé si tengo las de ganar....
Yo no trabajo atendiendo al público y podría desempañar mi trabajo de 8 a 3 perfectamente, pero él se excusa en que el horario de oficina es de 9 a 2 y de 4 a 7 (ni en el convenio ni en el contrato se concreta nada).
El tendrá que justificar esa necesidad y horario empresarial y de paso tu abogado podrá alegar indefensión por no haber puesto el horario en el contrato, cuando es una obligación de la empresa. No pinta nada mal.
ResponderEliminarSoy la anónima de ayer.
ResponderEliminarAhora estoy a la espera de ver qué me contesta él, por las buenas, poruqe me acabó diciendo (después de las amenazas de despido, de cambio de puesto, de decirme que redujera la mitad de la jornada, de llamarme casi inútil, etc) que lo consultaría con los abogados. Aunque me da que tendré que acabar poniendo una demanda.
Tengo la esperanza de que acabe cediendo, ya os contaré en qué acaba todo esto.
Si se esta en situación de reducción por guarda legal en un turno concreto y la empresa deniega la posibilidad de variar el turno elegido inicialmente por el trabajador instando a ir a juicio, ¿puede este trabajador aprovechar el nacimiento de un segundo hijo para solicitar una nueva guarda legal con el turno que la empresa le ha denegado anteriormente sin que necesariamente haya de reincorporarse antes a la jornada completa?
ResponderEliminarEntiendo que si la reducción es un derecho del menor, cada hijo genera la posibilidad de una nueva reducción con las condiciones especÍficas que se decidan en cada caso sin que para variar estas condiciones sea imprescindible la reincorporación.
Gracias.
El derecho de reducción nunca está vinculado al niño Pepito, sino al hecho de tener la guarda legal de al menos un menor de 8 años. Por tanto nunca hay que cambiar ni renovar la reducción porque haya "cambio de niño". Se mantiene la que se tiene y como toda reducción puedes modificar el horario como te de la gana siempre que esté dentro de tu jornada ordinaria original. Es decir que la reducción no es una para Pepito en el horario X, sino que es una para cualquier menor del que tengas la guarda y el horario es el ejercicio del derecho a concreción dentro del derecho a reducción. Si lo prefieren, que se lo explique el juez.
ResponderEliminarLaboro, en un comentario anterior comentabas que el horario de comida se lo ponía uno mismo.
ResponderEliminarEn mi caso he presentado la carta informando de mi nuevo horario acojiendome a la jornada reducida, con una reducción del 12.5%.
Resulta que me han informado que debo cojerme una hora más debido a que todas aquellas jornadas reducidas que superen las 6 horas diarias deben reservarse una hora para comer.
Estoy obligado a esto? Y estoy obligado siquiera a reservar algún tiempo para comer?
Gracias y felicidades por el artículo.
Como dice claramente en el artículo son nulas cualesquiera normas que condicionen la forma de escoger el horario porque están vulnerando el Estatuto. La única norma es que el horario reducido esté dentro de la jornada ordinaria.
ResponderEliminarY que hay de los derechos de los que no tenemos hijos?....Veo que estamos totalmente desprotejidos ante el blindaje del contrato laboral. Me gustaria que me valorarán por mi trabajo, que aqui mucho hablar de derechos pero tambien hay obligaciones.
ResponderEliminarHola,
ResponderEliminarQuiero solicitaros los papeles a vosotros... Estoy embarazada de 4 meses, hasta finales de marzo, si todo va bien, estaré trabajando. Cuando os he de pedir los papeles y cuando los he de entregar a mi empresa?
Mi empresa ha hecho un ERE, nos hemos visto afectados 48 trabajadores pero ya hemos vuelto casi todos. El ERE finaliza el 2 de Enero. No se si me puede afectar en algo.. Yo ya comuniqué a la empresa por escrito que estaba embarazada y tengo la carta firmada y sellada. Gracias,
El ERE no afecta, porque estando de ERE temporal el contrato sigue activo y por tanto se puede pedir cualquier derecho.
ResponderEliminarNo es necesaria antelación especial y afortunadamente ya no es necesario comunicar el embarazo a la empresa por una sentencia del TS, por lo que mientras que se esté en situación de embarazo y hasta el día de antes que el bebé cumpla 9 meses se tiene protección contra despido improcedente.
Por otro lado no tiene sentido pedir la reducción antes de que nazca el bebé porque al igual que el bebé, tampoco ha nacido aún el derecho a la misma, a no ser que tenga otro hijo.
Por todo ello, lo más aconsejable es pedir la reducción el mismo día que nazca el bebé y como fecha de inicio poner el día que cumple 9 meses como muy tarde y como muy pronto puede poner la que quiera, pero sería tonto reducirse la jornada mientras se tiene el permiso de maternidad, las vacaciones y la lactancia acumulada.
Para pedir los papeles sólo tiene que pulsar en este enlace y rellenar el formulario. En la respuesta ya se le explicará cómo es la forma de entrega y todo el resto de precauciones.
Hola.
ResponderEliminarSolo quiero comentar que he ganado mi juicio contra mi empresa y la de mi marido.
El motivo de la demanda fue porque después de pedir reducción de jornada por cuidado de un menor y tener un nuevo horario durante 9 meses, turno seguido de 7 horas de lunes a viernes en vez de 3 turnos, mañana, tarde y noche de lunes a domingo, la empresa decidió con la complicidad de mis compañeros, imponernos a mi esposo y a mí un nuevo cuadrante, volviendo a rotar y trabajando de nuevo de lunes a domingo.
Debo decir, que mi esposo y yo trabajamos juntos, pero en distintas empresas, en un lío de esos de grupo de empresas, pero con distinto CIF al fin y al cabo.
Nos fuimos a juicio contra las dos empresas y con los compañeros de nuestros departamentos ya que no queríamos que ellos les causara indefensión nuestra demanda.
El resultado a sido que el cambio para el juez es injustificable, ya que la empresa no aportó nada que ayudase a ver el porqué del cambio. Lo que si vio el juez, fueron las quejas que nuestros compañeros habían hecho al respecto de nuestro " privilegiado horario", ya que estaban plasmadas por escrito, y nos deben reponer de nuevo nuestro horario de reducción.
La empresa 1 día antes del juicio nos ofreció la salida de la empresa con 45 días y lo peor es que todo el mundo, incluidos allegados nuestros se extrañaban de porque no coger la pasta he irnos.
Pienso que en esta vida hay que luchar hasta el final y que me iré de la empresa cuando yo quiera y no con el rabo entre las piernas.
Ha sido un proceso muy duro, del que aun a fecha de hoy nos estamos recuperando, ya que estos meses la situación ha sido insoportable.
La factura no es solo la económica ya que hay que pagar al abogado, sino la mental y personal.
Pero al final merece la pena, ya que es por nuestra hija , al fin y al cabo, por lo que luchamos, sino lo hacemos por nuestros hijos, por quien lo vamos ha hacer.
PD: Laboro, te mandé un mensaje a través de las consultas por si estabais interesados en ver mi sentencia. Fue en los días que teníais problemas con los documentos y no sé si os llegó. Estoy a vuestra disposición para hacérosla llegar y ver si se puede ayudar a otros padres.
Un saludo.
Elena Gómez y Rafael Soto.